Desecha el IFE una queja del PRI contra Vázquez Mota por espot de “pisos firmes”

La Comisión de Quejas del Instituto Federal Electoral (IFE) declaró improcedente una denuncia del Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra la candidata presidencial de Acción Nacional, Josefina Vázquez Mota, por el espot en donde afirma haber colocado tres millones de pisos firmes mientras fue titular de la Secretaría de Desarrollo Social, durante el periodo presidencial de Vicente Fox.
De acuerdo con información del tricolor, dicha propaganda representaba una forma de coacción del voto y además faltaba a la verdad, pero por unanimidad –y tomando en cuenta el criterio de resoluciones similares que se tomaron en otros casos–, el órgano electoral determinó que no hay evidencia de que el espot presionara o amenazara a los posibles votantes.
El PRI afirmó que ese espot se alejaba del criterio de veracidad, pero eso es algo que no nos compete juzgar a nosotros, más que cuando está relacionado con alguna restricción de los partidos, como la calumnia; por eso su demanda se declaró improcedente, explicó en entrevista con La Jornada el presidente de la Comisión de Quejas del instituto, Benito Nacif.
El funcionario señaló que en el cruce de acusaciones entre PRI y PAN por haber iniciado una guerra sucia, lo que le corresponde al IFE es simplemente aplicar las consideraciones establecidas en la ley.
“La legislación no habla de guerra sucia ni de campañas de contraste, sólo pone restricciones a los partidos para no calumniar a las personas. Una parte de la opinión pública puede pensar que estas campañas son negativas y otras que son benéficas, pero esas ya son valoraciones subjetivas. A nosotros lo que nos corresponde es analizar las quejas desde una perspectiva jurídica y legal”, indicó.

Por otra parte, en la sesión extraordinaria urgente de ayer, la citada comisión también desechó por mayoría una queja presentada por Acción Nacional en contra de la diputada Adriana Sarur Torre, del Partido Verde Ecologista de México, por haber difundido en televisión su informe de labores durante el periodo de intercampañas. Luego de analizar el tema, concluyó que dicha acción no va en contra de ninguna ley específica.
Finalmente, aseveró Nacif, se ordenó por unanimidad al panista Javier Corral, aspirante a un escaño en el Senado, que suspenda inmediatamente su participación como comentarista en el noticiario de la estación Antena Radio, en el 107.9 de FM, por considerar que ello contraviene la norma electoral y el principio de equidad de los comicios, como lo establece el artículo 49, párrafo 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Fernando Camacho Servín, La Jornada, 15 de abril.

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