Ministros revisarán secreto de periodistas

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) José de Jesús Gudiño Pelayo admitió a trámite un juicio de acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para proteger el secreto periodístico y evitar que los informadores puedan ser sancionados, por la vía civil, si se niegan a revelar sus “fuentes de información”.

Como una de sus últimas acciones, previo a su relevo del cargo, el presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, impugnó las recientes reformas al Código de Procedimientos Civiles del DF —publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el pasado 10 de septiembre—, por considerarlas violatorias de la Constitución al afectar el derecho de los periodistas a mantener en secreto sus fuentes de información.

En concreto, el ombudsman pidió a la Corte declarar inconstitucional el artículo 322 del citado código, que tiene por acusadas a todas aquellas personas que se nieguen a comparecer en una prueba confesional, que se nieguen a declarar, o cuando al hacerlo insistan en no responder afirmativa o negativamente a las preguntas.

De acuerdo con la CNDH, dicha medida no toma en cuenta el hecho de que ciertos individuos cuentan con una excusa que justifica su incumplimiento, como podría ser el caso de los abogados, los notarios, los ministros de culto y, en especial, los periodistas, “por el impedimento que tienen de revelar sus fuentes, como consecuencia de la ética que exige el ejercicio de su profesión”.

Porque, advierte, “por virtud de la norma impugnada, un periodista que ha sido citado a declarar no tiene la libertad de reservar su fuente, siendo que aún negándose a revelarla se le tendrá por fictamente confeso”.

Por este motivo Soberanes argumentó que “la violación de los derechos de los periodistas no sólo acontece a la luz del derecho penal; también se puede dar en el ámbito del derecho civil, como se evidenció en la recomendación 57/2009, relacionada con el acoso judicial a la libertad de expresión, la cual es universal, por lo que el derecho de un periodista a mantener en secreto el origen de una información debe ser tutelado y protegido en todos los ámbitos de la administración de justicia”.

Violentan tratados

En opinión de la CNDH, “un caso de libertad de expresión o información afecta no sólo a las partes en juicio, sino también la libre circulación de las ideas, así como el acceso a la información por parte de la sociedad”.

Soberanes considera que la reforma aprobada contraviene los artículos 1, 6 y 7 de la Constitución, que contemplan los derechos a la igualdad y a la no discriminación, a la información y a la libertad de expresión, así como lo establecido en instrumentos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, entre otros.
Carlos Avilés, El Universal, 21 de octubre.

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