El senador panista Rubén Camarillo dijo al funcionario que el artículo 244 E de dicha reglamentación, aprobada por la Cámara baja, es un "privilegio indebido" para un sector.
"No genera inequidad entre posibles competidores para la subasta, porque aplicaría a todos los participantes, y eso está ratificado por una opinión de la Comisión Federal de Competencia.
"Segundo, un dictamen técnico de la SCT valida el hecho de que es pertinente permitir una transitoriedad en la aplicación de los derechos en un inicio, dado el alto costo del despliegue de tecnología y aparatos", respondió Carstens.
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