Pide el TEPJF al Congreso afinar ley de propaganda electoral en medios

Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideraron que la reforma electoral de 2007 en materia de adquisición de tiempos en radio y televisión fue insuficiente y no logró evitar la compra de propaganda en medios.

El magistrado Manuel González Oropeza resaltó que dicha reforma no logró su objetivo original, que era limitar la circulación de dinero, la adquisición, compra y contratación onerosa de dicha propaganda.

Por ello, los integrantes del TEPJF se pronunciaron porque los legisladores definan con claridad el modelo de acceso a los medios de comunicación en la materia para tener una mayor claridad en las próximas elecciones.

“Ojalá los legisladores pudieran hacer más explícitos los casos en particular o este modelo de acceso a los medios de comunicación en materia electoral, porque sin duda alguna las autoridades administrativas como el IFE verían mayor claridad y luces para esos casos”, estableció la magistrada presidenta María del Carmen Alanís.

En ese sentido, los magistrados confirmaron la resolución del IFE en la que se declaró infundada la queja contra la ex candidata a delegada en Miguel Hidalgo Ana Gabriela Guevara, por el reportaje que difundió sobre ella la cadena deportiva ESPN en las pasadas campañas.

El magistrado José Alejandro Luna Ramos reconoció que algunas partes del

reportaje transmitido en mayo constituyen propaganda electoral, pero explicó que como género periodístico “no se encuentra prohibido, ni restringido en manera alguna” en el artículo 41 constitucional, que prohíbe comprar tiempos en radio o televisión.

“No existe constancia alguna que acredite que para la realización, transmisión o difusión del reportaje la candidata, el partido político o cualquier tercero hayan entregado una contraprestación económica en dinero o en especie a la empresa ESPN México”, aclaró.

Por su parte, Alanís Figueroa indicó que lo óptimo sería que no se transmitieran reportajes de ese tipo, los cuales, al igual que en el caso de Demetrio Sodi, “son casos límite”.

Por otra parte, el TEPJF amonestó al secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina, por notificar la resolución sobre una queja promovida por el PAN fuera de los tiempos establecidos por la norma.
Mariana Viayra, Crónica, 29 de octubre.

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