Las siete fracciones del Congreso de Chiapas, PRD, PRI, PAN, Panal, PVEM, PT y Convergencia, aprobaron por unanimidad la reforma al artículo 4 de la Constitución local para reconocer el derecho a la vida, desde la fecundación hasta la muerte natural.
Asimismo, aprobaron reformas al Código Penal, con lo que se sustituye la pena de cárcel por una atención médica integral en libertad, para las mujeres que cometan el delito de aborto.
Los cambios al Código Penal posibilitan que las mujeres que estén sujetas a proceso o que han sido consignadas penalmente por el delito de aborto puedan obtener de inmediato su libertad, al resultar beneficiadas por la retroactividad de la nueva legislación.
También se mantienen intactas las cláusulas de exclusión de responsabilidad penal, lo que significa que las mujeres que interrumpan su embarazo cuando haya sido producto de una violación, si corre peligro la vida de la madre o por malformación congénita, no recibirán sanción penal alguna.
Estas reformas, se estableció en el pleno, están apegadas a tratados y acuerdos internacionales que consagran derechos de la mujer, en particular la Declaración de los Derechos de los Niños y Niñas, así como del Pacto de San José.
El Código Penal estatal considera al aborto como un delito desde hace varios años y lo sanciona con pena de cárcel, la cual ahora se sustituye por atención médica integral que deberán recibir por un determinado tiempo a cargo del estado.
La iniciativa de reforma fue presentada el pasado martes al Congreso chiapaneco por los diputados Mauricio Mendoza Castañeda, del PRI, presidente de la Comisión de Derechos Humanos, así como por los legisladores Ana Elisa López Coello, del PAN, y Mario Casimiro Vega Román, del PRD, presidente y vicepresidente de la Comisión de Equidad y Género del Congreso; y fue dictaminada por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Contra el desamparo
El propósito de la iniciativa aprobada por mayoría de votos que reforma diversas disposiciones del Código Civil chiapaneco es generar condiciones sociales para apoyar a la mujer embarazada fuera del matrimonio y evitar que queden desamparadas durante este periodo tan importante del bebé por nacer y de la propia madre.
Acorde a esa disposición, podrá solicitar al juez civil, de lo familiar o de jurisdicción mixta, una medida de pago cautelar, a quien presumiblemente sea el padre, de hasta 50 por ciento, para sufragar los gastos de embarazo y parto, sólo bastará que la mujer lo manifieste. La medida también establece que, en caso de negativa del progenitor, deberá probarlo con la prueba de ADN.
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