Admiten amparo de Telcel contra multa

Un juzgado federal admitió a trámite la demanda de amparo que promovió la empresa América Móvil, propiedad del magnate Carlos Slim, en contra de la multa de 11 mil 989 millones de pesos que impuso la Comisión Federal de Competencia (CFC) a su filial Telcel por reincidir en prácticas monopólicas.

Blanca Lobo Domínguez, juez décimo segunda de distrito en materia administrativa, admitió la demanda este lunes, luego que la empresa quejosa cumplió con las aclaraciones que se le solicitaron el 13 de mayo pasado. América Móvil argumenta que la resolución dictada el 7 de abril en el expediente DE-37-2006, viola al menos 11 artículos de la Constitución.

Al respecto, Telcel dijo que está por presentar un recurso de reconsideración ante la CFC para revertir la decisión del órgano antimonopolio, en el plazo fijado por la ley.

Las acciones judiciales, que presente América Móvil, controladora de Telcel, como ese amparo, son independientes del recurso de reconsideración.

Fuentes de la firma explicaron que este amparo se debió a las menciones que hace CFC de América Móvil en la resolución, cuando no es parte del procedimiento, sino Telcel.

“La empresa no hará comentarios adicionales sobre el caso”, dijo.

En abril, la CFC notificó a Telcel una resolución en la que se fijó una multa por 12 mil millones de pesos por reincidir en prácticas monopólicas relativas a terminación de llamadas. Según el órgano antimonopolio, la empresa incurrió en la práctica conocida como “estrangulamiento de utilidades o márgenes”, y que se da cuando un operador desplaza a competidores con el cobro de acceso a su red con tarifas más altas que las que aplica a sus usuarios.

La CFC determinó reincidencia en prácticas monopólicas relativas, debido a que en el pasado resolvió que Telcel pedía exclusividad a productores de contenidos de móviles.

El órgano antimonopolio no impuso una multa en aquel expediente, pero ordenó a la empresa la supresión de esa práctica, y la resolución quedó firme, por lo que de acuerdo con el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia, la reincidencia fue de la misma naturaleza.

María de la Luz González, El Universal, 24 de mayo.

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