Ordenan al IFE sancionar al PT por actos anticipados de campaña

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le enmendó la plana al IFE y le ordenó sancionar al Partido del Trabajo por los promocionales donde Andrés Manuel López Obrador difunde su programa alternativo de nación.

Sin embargo, los magistrados no establecieron reprenda para el tabasqueño al considerar infundada la queja del PAN contra López Obrador por presuntos actos anticipados de campaña.

No obstante, el TEPJF resolvió que el Consejo General del IFE deberá sancionar al PT en la próxima sesión ordinaria que realice por considerar que ese partido político sí se adelantó a los tiempos electorales previstos en la ley luego de que transmitió en sus tiempos oficiales el programa alternativo de nación que enarbola López Obrador, violando así el artículo 41 constitucional y el 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

El magistrado ponente Manuel González Oropeza explicó que en los promocionales del PT “subyace la invitación a participar en el proceso de elecciones del 2012”.

El magistrado subrayó que las manifestaciones que por cualquier medio tengan como finalidad promocionar a un partido a través de mensajes no deben utilizarse para presentar un programa con miras a una elección federal determinada y generar un posicionamiento frente al electorado fuera de los plazos establecidos.

Además, consideró que el contenido de los programas y los spots donde se presenta López Obrador son responsabilidad exclusiva y directa del PT, por ser dicho partido el que solicitó su pautado y los remitió para su transmisión a la autoridad administrativa electoral, en ejercicio de su prerrogativa constitucional y legal de acceso a los tiempos de Estado.

Por ello, el TEPJF determinó sólo sancionar al PT y eximir a López Obrador de cualquier responsabilidad en ello.



Alejandro Páez, La Crónica, 5 de mayo.

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