Oportunidad histórica de la Corte para detener la impunidad militar

Pese a que hay 12 recomendaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, de parte de la Organización de las Naciones Unidas y de 180 países que participaron en el reciente Examen Periódico Universal, para que el Estado mexicano pondere la justicia civil sobre la militar en casos donde se violen derechos humanos de civiles, el gobierno dejó clara su negativa para reformar el Código de Justicia Militar (CJM).

Las violaciones de derechos humanos que cometen militares contra civiles, en gran número mujeres, no son nuevas, pero sí se han incrementado a partir de que Felipe Calderón encomendó tareas policiacas a las Fuerzas Armadas, designadas para encabezar el “combate frontal al narcotráfico”.

Por eso, el Estado argumentó ante Naciones Unidas que el Ejército está en las calles para combatir al narcotráfico, pero las cifras demuestran que con Calderón se han incrementado seis veces más las violaciones a derechos humanos cometidos por militares, en comparación con el sexenio de Vicente Fox.

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) afirma que el número de homicidios pasó de mil 500 en 2005 a más de 2 mil 500 en 2006.

A finales de 2008, la Procuraduría General de la República (PGR) contabilizó 5 mil 376. Las ejecuciones aumentaron 117 por ciento en relación con los 2 mil 477 homicidios a noviembre de 2007. En 2008 se cometieron 16 homicidios por día.

Por grupos poblacionales, las mujeres ocuparon 15 por ciento de agresiones de militares, representando la violación sexual el 8 por ciento de los abusos.

Evidencia de impunidad

Las violaciones sexuales y tortura de Inés y Valentina, tlapanecas de Guerrero; de las tres hermanas tzeltales en Chiapas; de doña Ernestina Ascencio, en Veracruz, y las cuatro mujeres del municipio de Nocupétaro, Michoacán, entre otras, son ejemplo de que la vía militar no es la idónea.

El caso de Inés y Valentina llegó al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Se espera que del primer caso, aceptado el pasado 25 de junio por la Corte Interamericana, se emita una sentencia contra el Estado mexicano. En el segundo, la Comisión Interamericana emitió las recomendaciones respectivas, que han sido ignoradas.

Uno solo de los casos recientes de violación sexual cometida por militares contra mujeres fue juzgado por la vía civil: Castaños, en Coahuila, donde 11 mujeres fueron violadas por militares en julio de 2006, toda vez que las autoridades militares se abstuvieron de “investigar”, en gran medida por el escándalo público que el caso provocó.

Un fallo trascendente

Ante la impunidad en la mayoría de los casos, la viuda y familiares de uno de los cuatro civiles asesinados el 26 de marzo de 2008 por militares en Santiago de los Caballeros, Sinaloa, promovieron un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El amparo es “la gran oportunidad de la Corte” para confrontar por vez primera al CJM, han señalado el Prodh y Fundar, y representantes legales de los familiares.

Aunque el juicio de amparo funciona para casos individuales, la resolución de la Corte será de vital relevancia para otras víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas por militares, una alternativa para obtener justicia.

La Corte deberá pronunciarse respecto a si el Artículo 57 del CJM viola diversos artículos de la Constitución y sobre “la indebida extensión del fuero militar”.

Santiago de los Caballeros

La masacre de Santiago de los Caballeros, en Sinaloa, es considerado un caso “paradigmático”, ya que se trató, dice el Prodh, “de una privación arbitraria de la vida, perpetrada por militares contra un grupo de civiles”.

Aquel día, militares dispararon contra una camioneta Hummer en la que viajaban seis personas, sin alguna razón que lo justificara, ya que, de acuerdo con las pruebas, las víctimas no portaban armas ni cometieron ningún delito.

Los familiares de los masacrados desconocieron durante más de una semana la averiguación previa del Ministerio Público Federal adscrito a la mesa de asuntos relevantes de la Subdelegación de Procedimientos Penales de la delegación estatal de la PGR.

Al 29 de marzo, la autoridad civil ya había declinado la competencia a favor de la justicia militar. Y el 4 de abril, la Secretaría de la Defensa Nacional difundió un boletín, afirmando que la Procuraduría General de Justicia Militar había consignado la averiguación previa ante el juez militar de la tercera región de Mazatlán, contra un teniente, un cabo y tres soldados, todos de infantería.

El 11 de abril se dictó auto de formal prisión contra el primero, por los delitos de homicidio y lesiones y al resto como probables responsables en la comisión de los delitos de homicidio imprudencial y lesiones imprudenciales.

Desde entonces, dice el Prodh, los familiares de las víctimas no han tenido acceso al expediente de la averiguación previa y desconocen en qué va el proceso de los responsables.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación el 11 de julio de 2008 pero, como en todas las que ha dirigido a la Sedena, no exigió que los militares fueran juzgados por la vía civil.

Sin respuesta de las autoridades de Sinaloa, los familiares de las víctimas recurrieron a la justicia federal “para impugnar la indebida extensión del fuero militar y cuestionar la constitucionalidad del CJM”, para lo cual solicitaron a la SCJN atraer el caso y examinarlo “a cabalidad”.

Y aunque no hay fecha para que la SCJN decida sobre el amparo, familiares esperan que los magistrados consideren que la vida, la integridad física y la libertad de las personas son la prioridad.
Milenio, 28 de junio.

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