Durante una reunión con abogados especialistas en Propiedad Intelectual, Rafael Eslava, titular de la Unidad de Prospectiva y Regulación de la Cofetel, destacó la necesidad de desmitificar la oposición de este organismo al ACTA.
El 24 de noviembre la Cofetel criticó al ACTA porque pretendía constituir a los proveedores de servicios de internet (ISPs, por sus siglas en inglés) en autoridad para discernir cuándo se está cometiendo una violación a los derechos de propiedad intelectual.
"No hay conflicto en este momento, creo que es bueno tratar de desmitificar la oposición de Cofetel a la firma del ACTA; estamos basados ahorita en el deber ser y hay que partir de que no se regula el servicio de internet, no es una ley que regule servicios, por ende no hay regulación exprofeso para los proveedores de servicios de internet.
"La Cofetel tiene una función de promover la convergencia de servicios, la actividad de los mismos, y la cobertura; entonces, en la medida en la que el ACTA sea un mecanismo idóneo de protección en materia de propiedad intelectual, pensamos que será benéfico", explicó.
No obstante, Eslava mencionó que es necesario tener cuidado de no adoptar mecanismos que incentiven un mal uso de la red.
Añadió que la Cofetel está trabajando de manera muy cercana al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), y con la Secretaría de Economía para que este acuerdo otorgue los beneficios que plantea.
En la misma reunión, Manuel Guerra, director del Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), y quien estuvo a cargo del análisis del capítulo de Ambiente Digital del ACTA, aclaró que el acuerdo no contiene la regla de los tres strikes, y que tampoco vulnera garantías individuales.
"Es cómodo en cuanto a su redacción, a su contenido y también a su alcance.
"Tampoco obliga a los proveedores de servicios en línea a analizar el contenido de lo que circula; lo que hace simplemente es tener las leyendas obligatorias que toda obra publicada puede tener. Lo que busca es dar una competencia justa", mencionó.
Mayor vigilancia
En el apartado de Cooperación Internacional dentro del ACTA, se señala que algunas posibles disposiciones en esta área pueden incluir lo siguiente.
1.- Cooperación internacional entre autoridades encargadas de la observancia.
2.- Capacitación y apoyo técnico para el mejoramiento de la observancia.
3.- Fomentar la existencia de peritos/expertos en propiedad intelectual, dentro de las estructuras de observancia de la ley para asegurar un adecuado trato a los casos que se presenten en materia de propiedad intelectual.
4.- Mejores Prácticas de observancia que promuevan una fuerte protección conjuntamente con los socios comerciales y los titulares de los derechos.
5.- Grupos de asesoría formal o informal público/privada sobre piratería y falsificación.
Dayna Meré, Reforma, 28 de enero.
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