Exigen eliminar redadas del INM

Los operativos en busca de indocumentados deben quedar explícitamente eliminados en la Ley de Migración que discute actualmente el Senado, ya que son inconstitucionales y ponen en riego la seguridad de extranjeros en tránsito por México, demandaron ayer organizaciones civiles y académicos.

"Son discriminatorias, no cumplen su objetivo y alientan la corrupción", consideró Fabienne Venet, directora del Instituto de Estudios y Divulgación sobre Migración.

El control migratorio, apuntó en rueda de prensa al término del Foro de Opinión sobre Iniciativa de Ley de Migración, debe restringirse a cruces fronterizos, aeropuertos y puertos marítimos.

Las revisiones migratorias dentro del territorio nacional, en puntos fijos o mediante operativos móviles, sostuvo, no tienen sustento constitucional.

"Para que un operativo sea constitucional habría que verificar la situación migratoria de todas las personas porque no hay elementos para prejuzgar sin un criterio discriminatorio que una persona tiene una nacionalidad o determinada situación migratoria", remarcó.

La iniciativa de Ley de Migración fue presentada por legisladores del PRI, el PAN y el PRD el pasado 9 de diciembre y pasó a comisiones para su dictamen. Las principales fracciones del Congreso han expresado su disposición a aprobarla en el próximo periodo ordinario de sesiones, que inicia el 1 de febrero.

Valida las revisiones "en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas" que realiza actualmente el Instituto Nacional de Migración (INM), eventualmente con el apoyo de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), durante las cuales pueden ser asegurados extranjeros indocumentados.

Manuel Angel Castillo, investigador de El Colegio de México, consideró que también tienen que ser eliminadas del proyecto legislativo las numerosas referencias al tema migratorio como un asunto de seguridad pública.

Reprochó el que la iniciativa no haya sido consultada con organizaciones que trabajan directamente con los migrantes.

"Lo que me sorprende es que sí se le consulte a una experta internacional pero no a los expertos y a las expertas nacionales; sí se le envía una solicitud de opinión a una organización estadounidense pero no se le manda a ninguna organización mexicana", apuntó.

Juan Carlos Calleros, investigador del Centro de Estudios Migratorios del INM, aseguró que sí se consultó a organizaciones civiles nacionales pero reconoció que no todas su aportaciones se tomaron en cuenta.


Huecos en refugio

La organización civil Sin Fronteras celebró la promulgación de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria pero advirtió que no contempla alternativas a la detención de personas solicitantes de asilo y no establece de manera clara los principios del debido proceso en los procedimientos de reconocimiento y revocación.

Perseo Quiroz, abogado de la agrupación, explicó que los extranjeros asegurados por el INM que solicitan asilo tienen que permanecer retenidos en las estaciones migratorias durante el tiempo que lleva resolver la petición.

"Muchos solicitantes de asilo han huido de su países y vivido situaciones traumáticas por lo que si permanecen detenidos y no se tiene el cuidado se corre el riesgo puedan caer en una revictimización", indicó en entrevista.




Control y expulsión

Disposiciones de la iniciativa de Ley de Migración presentada en el Senado por legisladores de PRI, PAN y PRD:

· Artículo 98. El Instituto Nacional de Migración podrá llevar a cabo revisiones de carácter migratorio en territorio nacional para de comprobar la documentación de extranjeros.

· Artículo 99. Si durante la revisión se detecta que algún extranjero no cuenta con documentos que acrediten su situación regular en el país, se procederá a asegurarlo en estaciones migratorias o "en lugares habilitados para ello".

· Artículo 112. El INM resolverá la situación legal de los extranjeros en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados a partir de su aseguramiento, prorrogables en algunos casos, con un límite total de 60 días.

· Artículo 145. Será expulsado del territorio nacional el extranjero que se haya internado al país sin la documentación requerida o por un lugar no autorizado.

Verónica Sánchez, Reforma, 28 de enero.

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