Juez dio 24 horas para responder a Telmex; no hay plazo perentorio: SCT

Por ser considerado un acto complejo y de acuerdo al artículo 105 de la ley de amparo la decisión sobre la modificación del título de concesión de Teléfonos de México, para que ofrezca servicio de audio y video, no tiene plazo perentorio. Tomaremos el tiempo necesario para cumplir de manera puntual el ordenamiento del Poder Judicial”, señaló Gerardo Sánchez Henkel, director de la unidad de asuntos jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Según datos publicados en la página de internet de Telmex, la SCT estaba obligada a responder “en un plazo de 24 horas” su solicitud de modificación de la concesión y le permita ofrecer servicios de video y audio restringidos (televisión de paga), a lo que Sánchez Henkel respondió:

“¿Qué sentencia puede cumplirse en 24 horas?, aquellas que ordenen un acto inmediato y simple como poner en libertad a tal persona o cancelar tal multa. El caso que nos ocupa —modificación de una concesión otorgada por el Estado Mexicano— por su propia naturaleza se califica como complejo, por lo que el mismo Artículo 105 señala que el plazo puede ser mayor, sin determinar una fecha específica”. Sobre la obligación judicial de responder en quince días el abogado de la SCT señala “ ese plazo se hace referencia al acuerdo de convergencia, pero no a la modificación de la concesión otorgada a Telmex.

Anteriormente la SCT subrayó “su compromiso de respeto cabal a las determinaciones firmes que adopte el Poder Judicial de la Federación, y refrenda su compromiso de promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y fomentar una sana competencia entre los prestadores de servicios”.

Telmex exhibió en su página electrónica la orden del juez Sexto que se basó en el amparo otorgado a Telmex por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el cual los magistrados resolvieron que la Cofetel emitió opinión favorable sobre el cumplimiento de Telmex y la modificación a su título de concesión.

Debido a que la Cofetel no emitió ninguna respuesta, se aplicó “la afirmativa ficta” —que es una opinión favorable—, para que se eliminaran las restricciones a Telmex y su filial Telnor. Sánchez Henkel, señaló que por la estructura administrativa la Secretaría de Comunicaciones y Transporte puede corregir a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, porque lo permite la ley.

LOS ANALISTAS. Al respecto, Jorge Fernando Negrete, director de Mediatelecom sostuvo que la competencia de Telmex que tanto se ha opuesto a que le modifiquen el título de concesión “han cometido un gravísimo error estratégico, debido a que con la reciente resolución de la Suprema Corte (SCJN), respecto a que no se pueden suspender los actos de autoridad de la Cofetel en materia de tarifas de interconexión, “eliminó el último impedimento que detenía el ingreso de Telmex al triple play”, ante el argumento de los altos precios.

Ahora, dijo, que las redes públicas están interconectadas y la autoridad puede fijar las tarifas ¿qué van a inventar los competidores y la autoridad para impedir que se modifique el título de concesión de Telmex?, cuestionó.

A su vez, Ramiro Tovar, consultor en regulación y competencia económica sostuvo que la SCT deberá responder a la solicitud de cambio de título de concesión de Telmex y deberá ser a favor, porque “la resolución judicial implica que no hay incumplimiento alguno sobre el Acuerdo de Convergencia de 2006”.

Pretender justificar por qué no procedería el cambio al título de concesión “será extremadamente difícil dado que la resolución implica cumplimiento de compromisos por lo que no existe impedimento económico ni jurídico, la entrada de Telmex es inminente”, sostuvo.

Canitec. Por su parte, la Cámara Nacional de la Industria de las Telecomunicaciones por Cable (Canitec) consideró que no se puede modificar el título de concesión “con base en la negligencia y posible comisión de delitos de funcionarios de la Cofetel (y) hacerlo, constituiría un daño patrimonial al Estado mexicano y un grave retroceso en la política pro competencia del país”.

LAS CAUSAS

Miércoles 11



El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, ordena a la SCT responder en un plazo “perentorio” su solicitud de proporcionar el servicio de audio y video restringido.



El Sexto Juzgado de Distrito en Materia Administrativa del DF ordenó a la SCT responder a Telmex en un plazo de 24 horas. Venció el plazo ayer jueves a las 21:00 horas.



LOS EFECTOS

Jueves 12



El fallo a favor de Telmex para ofrecer servicios de video y audio elevó sus acciones en Nueva York 94 centavos, es decir 5.26 por ciento, para cerrar en 18.81 dólares/acción.



Cecilia Higuera, La Crónica, 13 de mayo.

0 Responses to "Juez dio 24 horas para responder a Telmex; no hay plazo perentorio: SCT"