Sanción al PT por spots de López Obrador

El Consejo General del IFE tendrá que sancionar al PT por la difusión de promocionales en televisión y radio en los que aparece Andrés Manuel López Obrador, porque con ellos ese partido busca un posicionamiento en el proceso electoral federal de 2012 fuera de los plazos previstos, lo cual viola el artículo 41 constitucional y el 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Así lo resolvió por unanimidad la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que aclaró que los seis programas y promocionales aludidos son responsabilidad “exclusiva y directa del PT”, porque ese partido solicitó su pautado y los remitió para su transmisión a la autoridad administrativa electoral en el ejercicio de sus prerrogativas.

Con el aval unánime al proyecto de sentencia del magistrado Manuel González Oropeza, ese tribunal dejó en claro que los 10 puntos del Proyecto Alternativo de Nación de López Obrador, “en realidad no pretende ser la exposición de los estatutos” del PT, sino un programa de gobierno del propio partido, en el contexto de la participación de las elecciones, fuera de los tiempos para ello.

González Oropeza explicó que el proyecto no pone a discusión los planteamientos o posiciones ideológicas de los estatutos de un partido ni las opiniones de una persona en particular, sino que en los seis promocionales analizados e impugnados “subyace la invitación a participar en el proceso de elecciones del 2012”.

La queja del PAN

El 24 de febrero pasado el Consejo General del IFE declaró infundada la denuncia presentada por el PAN contra López Obrador y el PT, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña o campaña, consistentes en la difusión de diversos promocionales en radio y televisión respecto de los comicios federales del
año próximo.

Ante esa resolución, el PAN optó por el recurso de apelación ante el TEPJF, que ordenó al IFE que en su próxima sesión ordinaria emita una nueva, “en la que imponga al PT la sanción que conforme a derecho corresponda, por la violación a la normativa electoral federal”.

En la sesión de ayer, el magistrado Flavio Galván emitió un voto razonado sobre el asunto. Pidió la transmisión de uno de los promocionales, en el que López Obrador expone los 10 puntos del Proyecto Alternativo de Nación, y concluyó que es “congruente con la declaración de principios del PT”, con independencia del vocero al que haya recurrido en este caso.

Sin embargo, reconoció que en otros de esos spots “se promueve directamente la obtención del voto, y en donde sí coincido es que el PT se propone ganar adeptos, no únicamente para el partido, sino votos para el año 2012, de lo cual se hace alu-
sión expresa”.

De ahí la revocación que decidió la sala superior de la máxima instancia jurisdiccional en la materia, de la resolución emitida por el Consejo General del IFE.

- Claves

La promoción

• Los seis promocionales del PT, en los que busca posicionarse hacia el proceso electoral de 2012 con la figura de Andrés Manuel López Obrador, fueron transmitidos en radio y televisión durante julio de 2010.

• En la sentencia del Tribunal Electoral se señala que en esos spots se invitaba a la ciudadanía a participar en diversos actos políticos y rumbo al proceso electoral del año próximo.

• La responsabilidad de esa violación a la normatividad electoral la circunscribieron los magistrados de manera “exclusiva y directa” al PT, por haber solicitado su programación.

México • Mauricio Pérez, Milenio, 5 de mayo.

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