Ven responsabilidad

Jorge Alcocer, especialista en temas electorales, aseguró que el artículo 41 constitucional es muy claro en prohibir la compra de spots en radio y televisión por parte de partidos políticos, terceros y personas físicas y morales.

" Se trataba, como se dijo expresamente, de evitar que los poderes fácticos sigan incidiendo sobre la voluntad de los electores a través de la propaganda contratada por terceros y por partidos políticos", señaló Alcocer.

"Se trataba de sacar a los partidos políticos del mercado de la radio y la televisión, no de la radio y la televisión como tales, porque para eso se usan ahora los tiempos del Estado, y disponen de tiempos muy por arriba de lo que se les había otorgado", apuntó, Consultado por REFORMA a propósito del caso del spot del FAP, el especialista electoral dijo que la actitud de Dante Delgado, uno de los dirigentes de Convergencia, "es de cinismo y de provocación".

"Dante Delgado no es un tercero, forma parte de uno de los partidos del FAP, y sí actuó como persona física, dijo que el contratante fue el FAP", señaló Alcocer.

Recordó que si bien Convergencia, votó en contra de la reforma electoral en el Congreso, eso no lo excusa para violar la Constitución.

Además, lo hace a nombre del FAP, añadió, en donde participa junto con el PT y PRD, partidos que no sólo votaron a favor sino que impulsaron esta reforma en los medios.

Para Alcocer sería pertinente que el IFE realizara una investigación expedita y sancione a los partidos y a la televisora, porque es una abierta violación a la ley de todos los actores.

El actual Cofipe posibilita ese procedimiento, señaló a pregunta específica y la situación del caso facilita un proceso de investigación.
Nota de Guadalupe Irízar, Reforma, 29 de marzo.

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