Contribución de 2% es constitucional: experto

La contribución para el combate a la pobreza de 2 por ciento, no provocaría inconstitucionalidad a pesar de que cambiaría las consideraciones de la legislación respecto a que la las medicinas y alimentos deben ser una prioridad que deben salvaguardarse, afirmó el abogado de la academia de estudios fiscales, Alejandro Calderón.

El especialista criticó que se busque gravar al consumo, pues, explicó que no es la solución para detonar económicamente al país, ya que en momentos de recesión lo único que provocaría la medida sería un achicamiento de las actividades productivas.

“Esto es de lógica, ¿por qué en el IVA no se gravan alimentos y medicinas y en un impuesto al que le cambian el nombre si lo hace? Si no encontramos una respuesta razonable se dará la disconformidad sobre los valores constitucionales que protegen el bienestar en esos estadios de supervivencia”, dijo

Detalló que en la contribución a la pobreza no habrá argumentación para considerar al impuesto inconstitucional por que la Corte establece que se puede sobreponer un impuesto sobre otro impuesto siempre y cuando no llegue a resultados ruinosos.

“El impuesto al consumo grava IVA con 15 por ciento y con la nueva contribución sería un adicional de 2 por ciento, si valoramos la tasa llegaríamos a 17 por ciento, esto no significa una sobreposición de impuestos que lleve a la ruina económica de una actividad, por ahí no veo argumentación de carácter constitucional de que existan dos impuestos”.

Señaló que la nueva propuesta que envió el Ejecutivo para la recaudación a través de impuestos provocaría que varios contribuyentes acudan al derecho del amparo fiscal.

De acuerdo con Hacienda, la regulación actual del amparo fiscal beneficia a una minoría de contribuyentes frente a una mayoría que sí paga los impuestos.
Alberto Verdusco, Milenio, 5 de octubre.

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