Quita el TEDF sanciones económicas al PRI y PRD

En sesión pública, el Tribunal Electoral del Distrito Federal resolvió declarar improcedentes dos multas que el árbitro local decretó en contra del Partido Revolucionario Institucional y el de la Revolución Democrática.

La primera de ellas, corresponde al tricolor, partido que fue sancionado por el órgano colegiado al detectar elementos imputables a que el PRI realizó actos anticipados de precampaña.

De acuerdo al proyecto de resolución del TEDF, el Consejo General del Instituto Electoral local, se le impuso una sanción consistente en la reducción del 4% de una ministración mensual, equivalente a 89 mil 235.33 pesos.

El pleno consideró incongruente que el Consejo General del IEDF absolviera al ciudadano Jaime Ochoa Amorós por actos anticipados de precampaña, mientras que consideró que el PRI no cumplió con vigilar al aspirante de adelantarse en su precampaña.

Respecto al juicio electoral TEDF-JEL-014/2008 correspondiente a la impugnación del Partido de la Revolución Democrática en contra de la resolución del Instituto Electoral, se le dio la razón al partido.

Y es que las dos multas decretadas por el árbitro local —que suman 365 mil 025 pesos— sobre presuntas irregularidades detectadas en la revisión de los informes anuales de ingresos y egresos del ejercicio 2006 quedaron sin efecto..

Ahí, los magistrados consideraron que el partido fue sancionado indebidamente por no haber destinado al menos el dos por ciento de su financiamiento público al desarrollo de institutos o fundaciones de investigación.

Cabe señalar que según el proyecto de resolución para esa sanción se aplicó de manera retroactiva el Código Electoral del Distrito Federal vigente.

En total se resolvieron 13 juicios la tarde de ayer: tres electorales y diez juicios para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos.

Sobre la impugnación del diputado Humberto Morgan contra el candidato perredista Eduardo Santillán se dictaminó que la Comisión Permanente de Fiscalización del Consejo General del IEDF funde y motive adecuadamente el acuerdo por el que desechó pruebas que ofreció el peticionario.

Por otra parte, el juicio TEDF-JLDC-125, interpuesto por Horacio Martínez Meza, causó que el Pleno anulara la votación recibida en dos casillas en la elección interna del PRD; ello no modificó el resultado final.
Jonathan Villanueva, Crónica, 6 de junio.

1 comentarios:

Pri EdoMex responded on 17 de junio de 2009, 13:33 #

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