Gobierna Tribunal en las elecciones

Enfrentado con el Instituto Federal Electoral (IFE), el Tribunal Electoral está delineando las reglas del proceso electoral.

La Sala Superior ha aprovechado los vacíos de la reforma electoral de 2007 para emitir criterios que impactarán en la elección del 5 de julio.

Precisamente esas diferencias de criterios para la resolución de denuncias agudizaron la confrontación con el IFE a partir del pasado 1 de febrero, cuando arrancaron las precampañas electorales.

Desde entonces, la Sala Superior ha revocado alrededor de 60 acuerdos del Consejo General del instituto y de su secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, por errores de procedimiento y por considerar que los consejeros se extralimitan en sus funciones o malinterpretan la legislación.

En la sesión del Consejo General del 13 de mayo, los consejeros exigieron respeto a los magistrados, pues aseguraron que, por la cantidad de revocaciones y amonestaciones, parecía que estaban subordinados al Tribunal.

"Estamos ante una situación que sumada a otras ya revisadas por este Consejo General, pues indica la necesidad de que se replantee la relación institucional con el Tribunal Electoral", dijo el consejero Marco Antonio Baños.

En la sesión del lunes pasado, el magistrado Salvador Nava salió en defensa de las sentencias del Tribunal.

"Nuestras sentencias... no tienen que ver directamente con la contienda política, y vienen a poner orden desde la perspectiva de la Constitución, porque somos un Tribunal constitucional", apuntó.


Limita sanciones


En noviembre de 2008, cuando arrancaba el proceso electoral, el Tribunal creó una jurisprudencia en la que establecía cinco requisitos para iniciar un procedimiento sancionador contra un servidor público por promoción personalizada, lo cual está prohibido en la ley.

Para proceder contra un funcionario, la autoridad electoral tiene que estar en presencia de propaganda política o electoral; analizar si la propaganda difundida por el servidor implicó su promoción personal; advertir la posible vulneración a lo establecido en el precepto constitucional; establecer si el servidor fue parcial al aplicar los recursos públicos, y determinar la existencia de alguna circunstancia que haga inviable la instauración del procedimiento sancionador.

Esto es calificado de "absurdo" por legisladores y especialistas, pues sólo para confirmar que se trata de propaganda electoral, se tiene que llamar al voto, lo cual no harán los funcionarios, así que consideran que este criterio deja abierta la posibilidad de efectuar promoción simulada.

En consecuencia, alrededor del 70 por ciento de las quejas presentadas contra servidores públicos por promoción personalizada son desechadas.


Carta abierta al PAN


"La inclusión de programas de Gobierno en los mensajes de los partidos políticos no transgrede la normativa electoral", establece otra jurisprudencia de la Sala Superior, aprobada el 19 de marzo.

Así, los candidatos del PAN en todo el País usan la fotografía del Presidente Felipe Calderón en volantes, spots, espectaculares, mantas y bardas, propaganda a la que le añaden que el partido sí cumple y el nombre del abanderado.

Los magistrados lo permiten con la justificación de que mientras no sea el Mandatario quien haga promoción y no se pague con recursos públicos, no genera inequidad en la contienda.


Manga ancha a legisladores

A mitad del proceso electoral, el Tribunal avaló que diputados y senadores difundan su actividad legislativas en medios electrónicos, aparezca el logotipo del partido en los spots y paguen con su propio dinero, aunque para el IFE esto es una violación al Cofipe, pues intervienen recursos particulares.

El 8 de mayo la Sala Superior perdonó la multa de 19 millones de pesos que el IFE había impuesto al PVEM porque sus diputados transmitieron spots en los que promocionaban temas de campaña del partido, como la pena de muerte, además de que pagaron con recursos privados.



Publicidad negativa

El Tribunal prohibió al IFE, con una tesis de jurisprudencia publicada el 8 de abril, aplicar mecanismos que se conviertan en "censura previa" a la propaganda electoral, con la justificación de que la libertad de expresión se maximiza durante las contiendas electorales.

Sin embargo, al confirmar la sanción al PAN por emitir su publicidad "Sopa de letras", aclaró que los partidos sólo pueden hacer uso de ese derecho si no denigran a las instituciones o a otros institutos políticos, así sea como una opinión o con información.



Capacitación

La Sala Superior aprovechó una queja sobre las guías de los funcionarios de casilla para ordenarle al IFE que todos los documentos electorales diseñados, producidos y utilizados en la capacitación electoral tienen que estar elaborados cuidadosamente.

Una imagen en la que se le ilustraba cómo se deben contar los votos de partidos con candidaturas comunes -ejemplificada con el PT y Convergencia, por estar en ese supuesto- fue considerado como ilegal por los magistrados, pues, dijeron, era una forma de inducir el sufragio, por lo que exigió al instituto cambiar los manuales.
Érika Hernández, Reforma, 5 de junio.

0 Responses to "Gobierna Tribunal en las elecciones"