Sin precedente, admisión de amparo contra la alianza Televisa-Iusacell


La Comisión Federal de Competencia (CFC) informó que no ha sido notificada sobre el amparo que interpuso en su contra la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) por haber autorizado la concentración entre Televisa y Iusacell, debido a que los juzgados están en receso por vacaciones, pero adelantó que atenderá las disposiciones del juzgado conforme marca la ley.
El órgano regulador señaló que espera que la notificación del juzgado decimotercero de distrito en materia administrativa del Distrito Federal llegue a sus instancias legales el 7 de agosto, cuando se reanuden las actividades en tribunales y en la CFC.
El amparo promovido por la Amedi busca proteger la libertad de expresión, el derecho a la información y prevenir los efectos sociales, políticos y económicos que tendría la concentración inédita autorizada por la CFC –y observados por la organización que preside Aleida Calleja–, que dio origen a un monopolio convergente con la intención de combatir al monopolio de las telecomunicaciones.
La presidenta de Observatel, Irene Levy Mustri, consideró que el amparo promovido por Amedi tiene posibilidades reales de prosperar, aun cuando no le haya sido concedida la suspensión provisional de los actos reclamados, porque la autorización para la sociedad entre Televisa y Iusacell fue ilegal; no debió aprobarse, o por lo menos no como ocurrió.
Destacó que si bien se admitió la demanda de amparo por el riesgo que se observa sobre el derecho a la información, es muy relevante que el juez decimotercero de distrito haya reconocido el interés legítimo de Amedi, conforme a las últimas modificaciones a la Ley de Amparo que los legisladores aprobaron pero no publicaron.
En el caso de la alianza entre Televisa y Iusacell es tan importante cuidar los riesgos que representa para el derecho a la información como la ilegalidad con que la CFC tomó la decisión y que además permite la violación de la ley durante 24 meses, que es el plazo para licitar frecuencias de televisión, señaló Levy
Detalló que la decisión del juez decimotercero de distrito además de proteger el derecho a la información y a la libertad de expresión, es muy relevante porque por primera vez un juzgado admite una demanda por el interés legítimo que puede tener cualquier ciudadano, mientras antes sólo se admitían recursos legales promovidos por sujetos que tuvieran interés jurídico en un caso y que necesariamente tenían que estar involucrados en él por afectación patrimonial o directa.
Levy detalló que la CFC sí consideró los riesgos que representaba la concentración entre Televisa y Iusacell en cuanto a derecho a la información, pero en forma de los contenidos que proveen Televisa y Televisión Azteca, y el riesgo de colusión en ese mercado y en el de publicidad. Por eso primero negó la autorización, pero después decidió aprobarla de manera ilegal y no dio el remedio para evitar ese riesgo, comentó.
Por separado, el director de la consultoría Mediatelecom Policy & Law, Jorge Fernando Negrete, señaló que el juzgador que admirtió la demanda de amparo encontró elementos suficientes de violación al derecho a la información en la decisión de la CFC, por lo que ahora este órgano regulador está obligado a argumentar y presentar un informe suficiente y transparente para sustentar su decisión. Aseguró que la CFC debió prever el riesgo de atentar contra el derecho a la información desde la perspectiva social y económica.
Concluyó que más allá del fin que tenga este recurso legal, lo importante es que el juzgador haya admitido esta controversia porque sienta un precedente.
Miriam Posada García, La Jornada, 2 de agosto.

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