Durante su sesión ordinaria, los consejeros electorales acordaron que la tinta indeleble y colorante sea elaborada por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas el Instituto Politécnico Nacional y será certificada por la Universidad Autónoma Metropolitana.
La tinta deberá permanecer en la piel por más de diez horas y tener una vida de almacenamiento de por lo menos seis meses, además de que el líquido deberá secar sin exceder 15 segundos y ser resistente a solventes de uso común.
Respecto del acta que se utilizará el 5 de julio del próximo año para la elección de diputados federales, el Consejo General aprobó que tenga dos apartados: el de instalación y cierre de votación.
Las actas contendrán información como fecha, hora, lugar, número de boletas recibidas y relación de incidentes, entre otros.
En cuanto a los observadores electorales, se determinó que los candidatos deberán ser mexicanos por nacimiento, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, y estar inscritos en el Registro Federal de Electores, además de comprobar no haber sido, ni ser, dirigentes nacionales, estatales o municipales de algún partido o agrupación política, ni candidatos a puestos de elección popular en los últimos tres años.
Los interesados deberán solicitar la acreditación, de manera personal o por conducto de la organización a la que pertenezcan, ante el presidente del Consejo Local o Distrital correspondiente a su domicilio, antes del 31 de mayo de 2009.
Los consejeros avalaron el diseño, instalación y operación del Sistema de Información sobre el Desarrollo de la Jornada Electoral 2009, mediante el cual los consejeros distritales, locales y el Consejo General serán informados.
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