Abre el TEPJF camino para que el PRI sume mayoría en San Lázaro


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) finiquitó todos los recursos interpuestos en contra de las elecciones de diputados y senadores, confirmando las resoluciones de las salas regionales, incluida la única efectuada en la sala Toluca, que invalidó el triunfo del Movimiento Progresista para otorgárselo a Compromiso por México, sumándole un diputado más.
Aunque aún falta que se oficialice la asignación de diputaciones plurinominales (que corresponde al Instituto Federal Electoral), acorde con las proyecciones que en su momento difundió, con su determinación los magistrados abrieron la puerta para que el PRI pueda alcanzar el control de San Lázaro.
Al confirmarse este cambio en los resultados, el PRI y el PVEM tendrían la mayor parte de legisladores, pero sumando a Nueva Alianza –que tendría un papel estratégico– podría garantizar la mayoría simple.
Proyecciones
Conforme a las cifras que en su momento anticipó el IFE (con proyecciones en las plurinominales), eltricolor tendría 207 diputados (157 de mayoría), el Verde, 33 (19 de mayoría), Nueva Alianza, 10 (todos plurinominales), el PAN, 114 (52 de mayoría) y el Movimiento Progresista, en su conjunto, quedará con 135: 100 del PRD (56 de mayoría, descontada la que le fue retirada), 19 del PT (8 de mayoría) y 16 de Movimiento Ciudadano (siete de mayoría).
Sin embargo, la decisión de los magistrados de quitar un distrito al Movimiento Progresista para dárselo al PRI tendría implicaciones en la Cámara de Diputados: el tricolor tendría 208 legisladores. En la lógica de acordar una alianza con el PVEM y Nueva Alianza (con el que originalmente se había pactado una coalición después disuelta) se rompería el empate en 250, pues ahora podrían tener –si el IFE confirma sus proyecciones de plurinominales a más tardar el 23 de agosto– hasta 251, con 208 del PRI, 33 del Verde y 10 del Panal.
En cuanto al Senado, los magistrados confirmaron todos los resultados que habían arrojado los cómputos distritales y estatales del IFE, mismos que no fueron modificados por las cinco salas regionales del TEPJF. Con ello, el Senado se integraría de la siguiente forma:
PRI, 52 legisladores (41 de mayoría relativa y 11 de lista); PAN, 38 (29 de mayoría y 9 de lista); PRD, 22 (16 y 6); PT, 4 (2 y 2); PVEM, 9 (7 y 2); Movimiento Ciudadano, 2 (uno y uno), y Panal, uno de lista.
Al referirse a la resolución sobre el Congreso, el magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos, reconoció la importancia de las decisiones adoptadasal estar íntimamente ligadas con la conformación de las cámaras. Dijo que el TEPJF refrendó y protegió la decisión ciudadana y su voto, con sustento legal para colaborar con lanormalidad democrática
Distrito 6 de Coacalco, clave para eltricolor
Originalmente ganado por el Movimiento Progresista por estrecho margen, el distrito 6 del estado de México, con cabecera en Coacalco, registró el único cambio con respecto a los cómputos originales, pues la sala regional Toluca anuló 13 casillas, suficientes para que el resultado diera la vuelta en favor del PRI.
Al respecto, la magistrada María del Carmen Alanís destacó que la decisión sustentó la nulidad de casillas por la indebida integración de las mesas directivas de mesas de votación y por el ejercicio de presión o violencia sobre los electores o funcionarios, a partir de la participación de representantes o de quienes ocupan cargos municipales en dicho distrito. La nulidad de 13 casillas llevó a la sala regional a recomponer el voto y cambiar el ganador.
De entrada, el organismo electoral agrupó todos los juicios promovidos por el PRI en los que solicitaba que los votos nulos en los distritos donde no había coalición PRI-PVEM, y los electores marcaron a ambos partidos, le fueran añadidos al tricolor con base en lo que consideró una evidente intención de sufragar por esta fuerza política. En todos los juicios acumulados se determinó que la pretensión era inviable.
Lo que solicita el actor es jurídicamente indemostrable porque implica, primero y ante todo, el desconocimiento e inaplicación de todos los mecanismos y reglas precisadas, señalaba el proyecto. Ante esta situación se consideraron infundados 16 recursos de reconsideración promovidos por el PRI.
Al respecto, la magistrada María del Carmen Alanís sostuvo que es absolutamente claro que ni la autoridad administrativa, ni la autoridad jurisdiccional, pueden sustituirse en votante interpretando su voluntad.
Alonso Urrutia y Fabiola Martínez, La Jornada, 16 de agosto.

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