No ven en IFE anuncios de Peña

El Instituto Federal Electoral (IFE) ubicó sólo 13 espectaculares de Enrique Peña Nieto en el periodo del 15 al 20 de abril, por lo que plantea declarar infundada la queja del PAN en contra del priista por la sobreexposición de propaganda electoral.

Acción Nacional presentó a finales de abril una denuncia ante el órgano electoral que contiene los datos de un conteo que ubicó propaganda del candidato presidencial priista en 776 vallas, 638 parabuses, 343 espectaculares, 230 bardas y 200 mantas, con lo que, acusó, se violó la normativa electoral.

"A esta autoridad electoral se le solicita que en ejercicio de la facultad investigadora ordene a los vocales ejecutivos de los consejos locales y distritales realizar las diligencias necesarias para certificar la ubicación de la propaganda electoral aludida", demandó el blanquiazul.

Sin embargo, el proyecto de resolución del IFE apunta que no existe disposición que defina el concepto "sobreexposición" por lo que no es posible aplicar una sanción al entonces candidato o a los partidos que conforman la coalición Compromiso por México (PRI-PVEM).

El IFE argumenta que a través del Sistema Integral de Monitoreo de Espectaculares y Medios Impresos, utilizado por la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, se realizó una verificación y sólo se ubicaron 13 en los estados de Jalisco, Nuevo León, Estado de México y Distrito Federal.

Esta es la primera queja que resuelve el IFE en contra de Peña Nieto por la utilización presuntamente indebida de propaganda electoral.

"Esta autoridad no cuenta con los elementos probatorios suficientes para generar un grado de convicción de la existencia de la propaganda denunciada y por ende determinar una posible violación a la normatividad electoral federal", apunta el documento.

El PAN había denunciado que dicha propaganda violó la normatividad constitucional y electoral. Apuntó que dichas acciones infringieron el artículo 41 constitucional.

No obstante, el proyecto elaborado por la Secretaría Ejecutiva del instituto desestima el conteo, por lo que plantea declarar improcedente este procedimiento especial sancionador.

Incluso indica que lo argumentado por el PAN no pudo ser conciliado por el Sistema Integral de Monitoreo de Espectaculares y Medios Impresos, por lo que la autoridad electoral no cuenta con los elementos probatorios suficientes para generar un grado de convicción de la existencia de la propaganda denunciada y por ende determinar que se dio una posible violación a la normatividad electoral.

"No es posible desprender indicio alguno respecto de la existencia de dicha propaganda, ya que sólo se trataron de manifestaciones unilaterales del quejoso donde refería que en un determinado domicilio había propaganda ilegal, sólo señalando el tipo de ésta, pero sin anexar algún otro elemento de convicción que pudiera generar certeza de la existencia de la propaganda denunciada", se indica.

El proyecto será discutido hoy en la sesión extraordinaria del Consejo General del IFE.

Leslie Gómez, Reforma, 9 de agosto.

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