Seguiría su curso la programación, sólo dejarían de transmitirse comerciales de una a 24 horas, según la gravedad de la falta, establece el proyecto de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
El documento que ayer se presentó como iniciativa en el Congreso, consta de siete libros, 394 artículos y nueve transitorios. El código aún vigente consta de 300 artículos y seis libros y está inspirado en el modelo brasileño.
Aun cuando faltaría adecuar otras leyes a la Constitución en los 30 días que se fijó el mismo Poder Legislativo y que vence el 13 de diciembre, en ese lapso sólo aprobarían un nuevo Cofipe.
La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le permitiría ajustar en fecha posterior las demás leyes, como la de medios de impugnación y de radio y televisión.
Según los transitorios, los legisladores también dejarían para después, a más tardar el 30 de abril de 2008, la ley reglamentaria del derecho de réplica y la designación del contralor interno del IFE.
Uno de los puntos más controvertidos ha sido el relacionado con los medios electrónicos y la forma en que serían sancionados, de incurrir en alguna violación de la ley.
En un principio la idea fue aplicarles una sanción económica y suspenderles la señal de uno a 30 días. Después, la propuesta se redujo a 10 días y multa.
Ahora, luego de escuchar a radiodifusores y dialogar con ellos, se llega al consenso de que la medida a tomar no afecte al auditorio.
La programación no sería bloqueada ni suspendida, sólo dejarían de transmitirse los comerciales y en su lugar aparecería o se escucharía el mensaje de la autoridad electoral explicando las razones que tuvo para aplicar esa sanción.
En total son cinco las sanciones que podrían aplicarse a los concesionarios o permisionarios de la radio y la televisión.
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