De acuerdo con versiones de diputados y senadores consultados, también se reducirían las sanciones a los concesionarios que violen la disposición de no difundir spots no contratados por el IFE.
Aunque el borrador más reciente planteaba sacar del aire a una estación de uno a 10 días en caso de reincidencia, anoche circuló la versión de que la sanción máxima será de una hasta 24 horas sólo de la barra comercial. Es decir, no se afectaría el resto de la programación habitual de las estaciones de radio y televisión.
Según el borrador circulado ayer a los coordinadores parlamentarios asistentes a la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos (CENCA), hay tres temas que siguen encorchetados: el tema de las coaliciones, medios informativos y acceso de partidos y candidatos a los tiempos en radio y televisión.
Por lo que toca a los medios informativos, tras las críticas al proyecto presentado la semana pasada en el que se modificaba el artículo 48 para facultar al IFE a presentar los lineamientos a los noticieros de radio y televisión, en vez de sugerirlos como ocurre desde 1993, ayer los diputados y senadores plantearon dejarlo como está actualmente.
Con la salvedad de que el Consejo General del IFE ya no se reuniría con la CIRT sino con “las organizaciones que agrupen a los concesionarios y permisionarios de radio y televisión para presentar las sugerencias”.
No obstante, se propuso atar el artículo 49 al inciso 7 del artículo 76, para hacer obligatorio el cumplimiento de las sugerencias.
“El instituto dispondrá, en forma directa, de los medios necesarios para verificar el cumplimiento de las pautas de transmisión que apruebe, así como de las normas aplicables respecto de la propaganda electoral que se difunda por radio o televisión.
Verificará igualmente el apego a los lineamientos generales a que se refiere el párrafo 7 del artículo 49 de este código”.
En cuanto a las sanciones, se planteó ajustar el inciso III del artículo 354. Inicialmente, el borrador planteaba para los reincidentes la suspensión de transmisiones al aire por hasta 10 días.
Ayer se habló de que sólo salga del aire la barra comercial de una hasta 24 horas. Se prevé que en los tiempos suspendidos de publicidad comercial se transmitirá el mensaje con el que se explicará al público el motivo de la suspensión.
Asimismo, la posibilidad de sanciones mayores sólo se generará cuando el expediente sea remitido a las autoridades de Gobernación o la SCT, que aplicarán lo que corresponda de acuerdo con la Ley Federal de Radio y Televisión vigentes.
Los partidos políticos tendrán en tiempos electorales el derecho de réplica establecido en el artículo 6 de la Constitución, que fue incluido como parte de las modificaciones a la Carta Magna en el marco de la reforma electoral.
Senadores y diputados incluyeron en la redacción del texto final de las modificaciones al Cofipe, en el artículo 233 del capítulo tercero del libro quinto, el derecho de partidos, coaliciones y candidatos a la réplica de la información que se presente en los medios de comunicación.
Podrá ejercerse, “cuando consideren que la misma ha deformado hechos o situaciones referentes a sus actividades. Este derecho se ejercitará sin perjuicio de aquellos correspondientes a las responsabilidades o al daño moral que se ocasionen en términos de la ley que regule la materia de imprenta y de las disposiciones civiles y penales aplicables”, señala el artículo.
- Claves
En suspenso
• La CENCA difirió la presentación de la iniciativa de Cofipe que sería llevada hoy al pleno,
con 394 artículos y un nuevo capítulo séptimo para regular
a los medios.
• Siguen encorchetados los temas de medios, coaliciones y alianzas y acceso a tiempos de más rating en radio y televisión, cuyos lineamientos no se acordarían con la CIRT, sino con organizaciones que agrupen a concesionarios y permisionarios.
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