El órgano destacó en un comunicado que además de la eventual violación a los derechos a la intimidad y a las comunicaciones privadas de los individuos investigados, la ley puede atentar también contra la libertad de conciencia de los agentes, que podrían ser instruidos a violar garantías individuales en contra de sus convicciones.
Por ello la CNDH impugnó ante la Suprema Corte la validez de tres leyes, entre ellas la de la Policía Federal, por considerar violatorio del principio de certeza y legalidad, ya que no incluye los lineamientos mínimos que deben regir las operaciones encubiertas y de usuarios simulados.
"Para esta Comisión Nacional, la falta de regulación en la Ley de la Policía Federal respecto de los alcances de las operaciones encubiertas trasgreden no sólo los derechos de las personas que en determinado momento pueden estar sujetas a investigaciones de esa naturaleza, sino también los derechos del agente.
"La CNDH estima también que la realización de actividades encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de los delitos debe sujetarse al principio de subsidiariedad, por el cual sólo procedan respecto de delitos graves o en casos de delincuencia organizada, y no para la supuesta prevención de cualquier delito", argumentó.
Básicamente, la Comisión subraya que las operaciones encubiertas pueden tener injerencia en los derechos a la intimidad, la inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones privadas o el derecho de los procesados a conocer el nombre de quienes lo acusan.
"Tal disposición resulta contraria a la Constitución en su artículo 14, y significa una violación al principio de certeza y seguridad jurídica, en virtud de que las actividades señaladas pueden tener injerencia grave en las garantías fundamentales.
"(La ley) no precisa cuáles pueden ser sus límites temporales y tampoco establece los casos en que tales operaciones (encubiertas) pueden prolongarse", apunta la CNDH.
La acción de inconstitucionalidad fue ingresada en la Corte con el número de expediente 48/2009, y turnada al Ministro Sergio Valls Hernández. La demanda de acción de inconstitucionalidad también impugna las leyes Orgánica de la Procuraduría General de la República, y de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
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