Dicha ley, explicó el organismo defensor de los derechos humanos, le impide el acceso a información de la PGR al condicionar la entrega de información bajo el argumento de que pondrían en riesgo las investigaciones en curso.
“Limita la obtención de pruebas útiles para la labor de este organismo nacional y hace nugatorio un medio de protección no jurisdiccional de los derechos humanos previsto por la Constitución, con lo que se afectan la exigibilidad para que se cumplan las garantías fundamentales”, informó en un comunicado.
La demanda de acción de inconstitucionalidad fue presentada el 29 de junio y en ella se pone a consideración del más alto tribunal del país la violación manifiesta, en perjuicio de los gobernados, de los derechos humanos que tutela el ordenamiento jurídico.
“Una limitación a las atribuciones que le son conferidas a la CNDH, equivale directamente a una limitación de los derechos fundamentales de los particulares”, expuso la CNDH.
Explica que al no tener acceso a la información en poder de la PGR con el objetivo de recabar pruebas para la substanciación de los procedimientos de queja, la CNDH no podrá realizar de manera eficiente su labor de protección de los derechos humanos.
Estará imposibilitada para determinar si dichas garantías son respetadas por las autoridades administrativas, lo cual disminuye las posibilidades de defensa de los gobernados, adujo.
“La cruenta lucha que hoy se libra en nuestro país por el ejercicio efectivo del derecho fundamental a la seguridad pública, no puede ganarse a través de la opacidad y menos aun violando derechos humanos, al impedir a través de la restricción discrecional, que prevé el artículo 5° de la ley, el acceso a las pruebas necesarias para la determinación de si se han respetado o no los derechos humanos”, abundó el organismo.
La acción de inconstitucionalidad fue turnada al ministro Fernando Franco González-Salas, quien instruirá el procedimiento y propondrá un proyecto de sentencia al Tribunal Pleno de la Suprema Corte.
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