Soberanes exige acceso a datos de Procuraduría

El ombusdman nacional, José Luis Soberanes, impugnó ante la Suprema Corte de Justicia las recientes reformas que limitan el acceso de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a las investigaciones que hace la PGR.



Soberanes promovió un juicio de acción de inconstitucionalidad contra las modificaciones al artículo 5 de la Ley Orgánica de la PGR, porque considera que se dota de facultades discrecionales a la dependencia, que impiden que se investiguen violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios de dicha corporación.



La gravedad de las modificaciones, en las que se condiciona la entrega de información al hecho de que la Procuraduría considere que no se ponen en riesgo sus investigaciones en curso o la seguridad de las personas, es tal, advierte el ombudsman, que se anula la posibilidad de proteger los derechos humanos de abusos cometidos por la PGR.



Indica: “A lo largo de más de 17 años de trabajo de esta comisión, se han registrado un total de 112 mil 231 expedientes de queja, de los cuales 22 mil se han referido a asuntos de naturaleza penal”.



Y, agrega, “dentro de las 10 autoridades señaladas con más frecuencia por los particulares como presuntas violadoras de derechos humanos, aparece la PGR en tercer lugar”.

Polémica por cateos

Entre los 10 principales motivos de queja por presuntas violaciones a los derechos humanos, aparecen la detención arbitraria, los cateos y visitas domiciliarias ilegales, así como los tratos crueles y/o degradantes, conductas que tienden a presentarse con mayor frecuencia durante las etapas de investigación que corren a cargo del Ministerio Público y la Policía Ministerial.

En la demanda se aclara que si bien a primera vista parecería que la creación de esta nueva obligación facilitaría el acceso de la CNDH a la información en manos de la PGR, la formulación legislativa de tal obligación, al condicionar dicha entrega de información al hecho de que la propia Procuraduría considere que dicho acto no pone en riesgo las investigaciones en curso o la seguridad de las personas, introduce un condicionante con un excesivo margen de discrecionalidad, que impide que la CNDH recabe las pruebas necesarias para el ejercicio de su labor.



Porque, se afirma, la discrecionalidad mencionada puede llegar a servir de fundamento para negar la información que los visitadores generales estimen necesaria para el desarrollo de la función sustantiva de la CNDH.







Precisa que si la comisión no puede tener acceso a la información de la PGR estará imposibilitada para determinar si los derechos que otorga la Constitución son respetados por las autoridades administrativas.
Carlos Avilés, El Universal, 12 de julio.

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