Dan 1.8 mdp al día a Presidente electo

El Presidente electo dispondrá de 1.8 millones de pesos diarios para sus gastos de transición.

Apenas el Tribunal Electoral le entregue la constancia de Presidente electo, el Gobierno federal liberará 150 millones de pesos de "Apoyos para la transición gubernamental" al equipo del próximo Mandatario, los cuales deberán ser gastados con apego a líneas de transparencia, acceso a información gubernamental y rendición de cuentas, establecidas por el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI).

A diferencia de la discrecionalidad en el manejo del fondo recibido por el equipo del actual Presidente -según lo señaló el propio IFAI y la Auditoría Superior de la Federación-, para este año, el equipo del nuevo Presidente debe incluso organizar y conservar los archivos que su trabajo genere para que los ciudadanos puedan acceder a ellos.

Esta es, también, la primera vez que el IFAI se involucra en la revisión del proceso de transición con el objetivo de transparentar el ejercicio de esos recursos públicos y asegurar la calidad, veracidad y confiabilidad de la información.

A partir de la entrega del fondo, la Secretaría de Hacienda debe habilitar en su Portal de Obligaciones de Transparencia la sección denominada "Equipo de transición gubernamental", en la que debe incluir toda la información sobre el ejercicio de recursos públicos federales utilizados para cubrir los gastos de los trabajos y actividades del Presidente electo y su equipo.

La información que debe proporcionar no es discrecional. El Instituto Federal de Acceso a la Información estableció por lo menos 11 rubros que los ciudadanos podrán revisar.

En el sitio deben estar los nombres de las personas contratadas, la descripción de los servicios prestados, las actividades realizadas, así como el directorio que incluya número telefónico, domicilio de trabajo y, en su caso, el correo electrónico.

También debe hacerse público el monto del pago que reciben las personas contratadas por los servicios prestados. El equipo de transición deberá tener un domicilio principal e incluir esa dirección en el portal.

Para este proceso no bastará con hacer públicas las actividades realizadas, sino que será obligación entregar los informes de gastos que presenten las personas a quienes se les hayan entregado recursos públicos, sin la celebración de un contrato, y los documentos que comprueben sus gastos.

"(Además) La información sobre los gastos realizados por los siguientes conceptos: útiles y materiales de oficina, mensajería, gasolina, viáticos, pasajes, alimentación, servicios de telefonía fija y móvil, de internet, de agua, luz, gas, entre otros servicios generales".

Todos los contratos que realice el equipo de transición, los convenios que los modifiquen y cualquier informe que se genere, también deben hacerse públicos.

Asimismo, el fondo de transición es sujeto de auditorías, y los resultados de las mismas, junto con las aclaraciones respectivas, deberán colocarse a disposición del público interesado.

La persona que el Presidente electo designe para administrar el fondo será la responsable de entregar la documentación comprobatoria que se genere sobre los gastos.

La información debe actualizarse por lo menos cada 30 días y permanecerá en el sitio por lo menos tres años.

 
 
 
Uso legal
 
El equipo de transición puede utilizar los 150 millones de presupuesto en:
 
· Elaboración de los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos 2013
 
· Diseño de programas gubernamentales y Plan Nacional de Desarrollo.

· Integración de planes de seguridad pública y nacional
 
· Trabajos de enlace con la administración saliente · Difusión y actividades preparatorias.

· Contratación de un equipo de asesores
 
 
ESTAFETA
 
Para los paquetes presupuestal y fiscal, en un año de transición:
 
· El Ejecutivo saliente está obligado a elaborar anteproyectos
 
· Es un apoyo legal al nuevo gobierno y debe incluir recomendaciones
 
· El Presidente electo tomará posesión el 1 de diciembre
 
· El 15 de diciembre presentará sus proyectos presupuestal y fiscal 

Reforma, 15 de agosto.

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