El 6 de septiembre vencería recepción de pruebas: TEPJF

El secretario general de Acuerdos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Marco Antonio Zavala Arredondo, afirmó que los  que conforman la coalición Movimiento Progresista podrán seguir aportando pruebas supervenientes al proceso interpuesto y que busca anular la elección presidencial, hasta antes de que concluya el proceso de instrucción de ese tribunal.

De este modo, los partidos de la Revolución Democrática (PRD, del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano que conforman podrán seguir aportando pruebas a más tardar hasta el próximo 6 de septiembre.

Una prueba superveniente, en los términos en los que la describe la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, por  general, las pruebas deben ofrecerse y aportarse, junto con el escrito de , al momento de que alguien se inconforma con algo, en ese mismo momento o con ese documento, debe anunciar las pruebas y aportarlas. En caso de que no las tenga en su poder, debe explicar la razón o si es necesario, que se requiera a la autoridad o ente que lo tenga, pues también hacer ese señalamiento o si se ha pedido y no se ha conseguido, explicar esta circunstancia para que en su caso se requiera. Sin embargo, también puede ocurrir que surja alguna evidencia relevante para la materia de litigio y que surja o se conozca de su existencia con posterioridad a este momento de .

Al transmitirse la décimo séptima “Cápsula Informativa” del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el secretario general de acuerdos aclaró que aunque no se tiene una fecha límite específica para aportar más pruebas, estimó que sería a más tardar el 6 de septiembre próximo, cuando por ley el máximo tribunal debe concluir la calificación de la elección presidencial del 2 de julio.

De acuerdo con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, la única limitante en tiempo para presentar las pruebas supervenientes es que se presenten antes de que se  la instrucción, es decir cuando los magistrados consideran que en el expediente obran todas las constancias necesarias para resolver.

En tanto esta situación no se dé, los partidos políticos que presentaron la impugnación tienen oportunidad de presentar pruebas supervenientes que consideren necesarias.

Cecilia Higuera, La Crónica, 8 de agosto.

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