Santiago Aguirre, del departamento jurídico del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (ProDH), consideró que la Corte cierra así la puerta para que las víctimas de violaciones a sus garantías por militares sean juzgados. Agregó que es decepcionante y no es lo que se esperaba, porque ya no queda ningún otro recurso en el ámbito nacional, y la víctimas tendrán que recurrir a la justicia internacional.
ProDH y Fundar, organizaciones que presentaron ante la SCJN el caso de Reynalda Morales, al conocer la resolución destacaron que la Corte desaprovechó la oportunidad de fortalecer los controles civiles sobre las fuerzas armadas, y con ello legitima la impunidad ante abusos de militares.
Fundar, ProDH y el Frente Cívico Sinaloense subrayaron que el proyecto que elaboró el ministro Cossio retomaba los argumentos de los representantes de las víctimas. No obstante, con su decisión la Corte canceló la posibilidad de que las víctimas civiles de abusos militares puedan acudir al amparo para evitar que los militares se juzguen a sí mismos.
Sostuvieron que al evadir la revisión de fondo los ministros dieron un respaldo inequívoco al fuero militar, “que no es otra cosa que impunidad y encubrimiento”.
El secretario ejecutivo de la Red Todos lo derechos para todos, Édgar Cortez, manifestó que la cuestión ahora se traduce “en que la SCJN deja a las víctimas en estado de indefensión”. Con esto deja en claro la mentira que “el gobierno mexicano fue a decir al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de que no podía aceptar la recomendación sobre el fuero militar porque la justicia castrense estaba supeditada a la civil, y mintió más cuando dijo que se podía recurrir al amparo, pero ya vimos que no sirve”.
A su vez, el presidente de la Liga Mexicana de Defensa de los Derechos Humanos, Adrián Ramírez, manifestó que “el fallo de la Corte legitimó la inconstitucional figura del fuero militar, porque aunque los tribunales especiales están prohibidos, en el caso de las fuerzas militares éste prevalece”.
Ramírez comentó que en este caso hay dos vías para recurrir a la justicia nacional: una, que alguna instancia del Estado mexicano solicite a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una interpretación de la ley; la otra, una iniciativa de ley o que el Congreso revise este fuero.
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