Ordenan al IFE sancionar a Nava y al PAN

Por considerar que hubo sesgos y beneficios electorales en la difusión de promocionales de la revista Poder y Negocios sobre el entonces candidato a diputado federal y ahora dirigente nacional del PAN, César Nava, el Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) sancionar a la publicación, al partido, al candidato y a Televisa por transmitir los espots ilegales.

Durante una larga sesión pública, dos nuevos recursos presentados en contra del activismo electoral del gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto, tuvieron el mismo destino que otros anteriores: la exoneración. En el primer caso, se finiquitó la inconformidad en contra de la difusión de un acto de Peña Nieto en un encuentro con la organización Antorcha Campesina y, en el segundo, por encontrar que no hubieron acciones de proselitismo electoral en giras a San Luis Potosí.

Otra más del PVEM
En la misma sesión, el TEPJF ordenó al IFE sancionar también, una vez más, al Partido Verde Ecologista por la difusión de promocionales en la revista Cambio, en que se presentaba la portada de un número donde se auguraba que ese instituto político podría convertirse en tercera fuerza, desplazando al PRD.

Aunque hubo un oficio de deslinde ecologista, se ordenó al IFE proceder, dados los antecedentes del partido y por el beneficio electoral que le redituaron los promocionales transmitidos en Televisa y Tv Azteca. Al respecto, el magistrado Constancio Carrasco explicó la insuficiencia de que un partido exprese su deslinde mediante un oficio, en la medida en que, llevado al extremo, un instituto político puede beneficiarse todo un mes de este tipo de promocionales presentando deslindes diarios.

Sin embargo, el punto más polémico fue el relacionado con el ahora dirigente nacional del PAN, por la transgresión de las disposiciones electorales que restringen la propaganda en radio y televisión. Aunque el proyecto de resolución –elaborado por el propio Carrasco– proponía no sancionar la difusión de los espots, por no tratarse de propaganda electoral y ser publicidad de la revista, una mayoría de cuatro magistrados –incluida la presidenta, María del Carmen Alanís– se opuso al sentido de la resolución y se ordenó sancionar.

Luego de presentarse el proyecto de resolución comenzaron las críticas al sentido del mismo, y fue Alanís quien inclinó la balanza en favor de sancionar, por considerar que fueron promocionales que incidieron en las preferencias electorales.
Alonso Urrutia, La Jornada, 27 de agosto.

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