Es excepcional fuero.- CIDH

El fuero militar sólo debe ser utilizado para juzgar a elementos del Ejército en actos relacionados con el desempeño de sus funciones, asevero ayer Sergio García Ramírez, Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Cuestionado sobre el debate en torno a que el Tribunal militar juzgue los delitos cometidos por soldados en agravio de civiles, García Ramírez recordó que la CIDH ha sostenido que el fuero militar debe aplicarse de manera excepcional.

"Tiene un carácter muy específico y muy restringido, es excepcional, tiene que ver sólo con hechos que interesan a bienes jurídicos inherentes a las fuerzas armadas.

"Tiene que ver únicamente con el personal militar en activo, por lo tanto no puede extenderse a otras materias ni a otras personas", dijo tras participar en el Foro sobre la Libertad de Expresión y Prensa.
Luis Brito, Reforma, 13 de agosto.

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