Impugna Televisa normas electorales

Grupo Televisa no quiere someterse a las nuevas reglas del Instituto Federal Electoral para acceso de los partidos políticos a radio y televisión.

La empresa promovió una demanda de amparo en la que cuestiona 33 artículos del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral, publicado por el IFE el pasado 27 de agosto.

Prácticamente todos los puntos relevantes son considerados inconstitucionales por Televisa, que litiga el amparo 1719/2008 por medio de su filial Televimex y alega violaciones a 10 artículos de la Carta Magna.

La demanda impugna las facultades del IFE en asignación y administración de tiempos y los horarios para propaganda electoral; la de aprobar las pautas de los mensajes de los partidos en precampañas y campañas, así como en elecciones locales.

También el monitoreo a los noticieros para ver su tendencia de cobertura, la obligación de los concesionarios de entregar información a órganos del IFE y la de transmitir los anuncios de los partidos aun cuando pudieran contener mensajes violatorios de la ley.

Un tema que no fue impugnado es la facultad del IFE para emitir lineamientos para la cobertura noticiosa de los procesos electorales, pues no serán de cumplimiento obligatorio para los medios.

El pasado 26 de septiembre, la juez federal Adriana Escorza desechó en primera instancia la demanda, al considerarla notoriamente improcedente por ser materia electoral.

Pero Televisa ya promovió un recurso de revisión, recibido el 20 de octubre por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que determinará si la demanda debe ser admitida a trámite.

Este amparo es la continuación lógica de un litigio iniciado por Televisa a finales de abril, cuando impugnó las reglas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) sobre radio y televisión.

El Cofipe es de mayor jerarquía que el reglamento del IFE, que fue emitido para detallar las normas previstas en aquél.

En esa demanda, Televisa cuestionó artículos como el 49, que prohíbe a particulares la contratación de propaganda electoral y designa al IFE como garante único del acceso de los partidos a medios electrónicos.

También el artículo que le da al IFE 48 minutos diarios durante los procesos electorales y señala horarios de transmisión; el que asigna 18 minutos diarios durante precampañas, y el que obliga a las televisoras a sujetarse a las pautas que envíe el órgano electoral.

El primer amparo de Televisa fue admitido parcialmente a trámite por la juez Irma Leticia Flores, quien consideró que las facultades administrativas del IFE no son materia electoral y sí pueden ser analizadas en un juicio de este tipo.

La decisión de la juez fue impugnada por todas las partes del litigio. Estos recursos fueron enviados a la Suprema Corte de Justicia, que no los ha resuelto.

Televisión Azteca y Cadena Tres también impugnaron diversos aspectos del Cofipe, cuando en marzo el IFE las obligó a transmitir spots de los partidos.

La suerte de estas demandas también depende del criterio de la Corte sobre la procedencia del juicio de amparo en esta materia.




Demanda

Entre los puntos del reglamento que Televisa considera inconstitucionales están:

Las facultades del IFE en asignación y administración de tiempos y horarios para propaganda electoral.

· La atribución del organismo de aprobar las pautas de los mensajes de los partidos en precampañas y campañas.

· El monitoreo a los noticieros de radio y TV para ver su tendencia de cobertura.

· La obligación de los concesionarios de entregar información a órganos del IFE.

· La obligación de transmitir anuncios de los partidos aunque su mensajes sean violatorios de la ley.

Víctor Fuentes, Reforma, 28 de octubre.



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