Sanciones a concesionarios de medios, no a comunicadores: legisladores

Las sanciones propuestas en caso de “conductas ilegales, graves y reiteradas de los concesionarios de radio y televisión” se aplican en “múltiples naciones democráticas”, sin que nadie considere que constituyen frenos a la libertad de los comunicadores, periodistas y dueños de los medios electrónicos, se advierte en la exposición de motivos del proyecto para reformar el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

En la iniciativa, que ayer llegó a la mesa directiva del Senado y de inmediato empezó a dictaminarse, se insiste en que “ninguna de las disposiciones del proyecto contiene restricción o limitaciones al ejercicio de la libertad de expresión”.

Como el tiempo apremia, ya que el plazo para aprobarla es el 13 de diciembre, el presidente del Senado, Santiago Creel, turnó ayer mismo la iniciativa a comisiones, las que citaron a reunión de trabajo para hoy.

Los legisladores dan respuesta a los puntos más controvertidos y polémicos de esa reforma. A los dueños de los grandes consorcios televisivos y de radio, quienes no han dejado de presionar para frenar el capítulo de sanciones, les hacen notar que la penalidad en otras naciones es superior a la propuesta en México.

“Basta señalar que en la España democrática, la ley 10/1988, de fecha 3 de mayo de ese año, dispone como sanciones aplicables a los concesionarios de la televisión privada, por conductas muy graves, la suspensión temporal de emisiones por un plazo de 15 días o la extinción de la concesión. Y nadie ha considerado, ni en España ni en Europa, que constituya una restricción o amenaza a la libertad de expresión de los españoles”.

Más adelante responde con mayor precisión a los conductores de medios electrónicos que han desatado una campaña de desinformación en torno a la reforma al Cofipe. “Que quede absolutamente claro, las sanciones más drásticas que en materia de radio y televisión se proponen en la iniciativa no son para los comunicadores, periodistas o trabajadores. Serán aplicables, en caso de violación grave de la ley, a quienes detentan las concesiones que el Estado ha otorgado para usar un bien propiedad de la nación”.

Recuerdan también a los poderosos dueños de los medios electrónicos que “para preservar la libertad de expresión”, los senadores y diputados que elaboraron la iniciativa establecieron suspender la publicidad comercial pagada en radio y televisión a partir de una hora y hasta 36 horas, como la penalidad más alta, y en caso de “conductas graves y reiteradas”.

Además, “los sancionados tendrán derecho a defenderse ante los tribunales que la Constitución y la ley establecen”.

Los legisladores destacan que buena parte de las modificaciones al Cofipe son para evitar que se repita un escenario como el de julio de 2006. A los partidos se les sancionará con la suspensión de su propaganda en medios electrónicos, en caso de que acudan a “campañas negativas”, es decir, a la guerra sucia contra sus contrincantes.

Para ello, se propone llevar al nuevo Cofipe “las reglas aplicables al procedimiento especial sancionador que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se vio obligado a crear, por resolución de su sala superior, ante la notoria deficiencia del código vigente y vista la incapacidad que demostró el Consejo General del IFE” ante la campaña sucia que se dio en la pasada elección presidencial.

Sobre el nuevo régimen para coaliciones, otro de los temas polémicos que provocó que los cinco partidos emergentes –Verde Ecologista, PT, Convergencia, Nueva Alianza y Alternativa– no firmaran la iniciativa y ésta ya no pudiera presentarse como producto del consenso en la pactada reforma del Estado, se advierte que la intención es “que se respete la voluntad de los electores”.

La iniciativa mantiene las reglas que obligan a quienes participan en elecciones mediante una coalición a ir a las boletas con su propio emblema, para que al final todos los votos se sumen al candidato común, pero cuenten por separado para cada fuerza política.

Se abre la posibilidad de evitar la cancelación del registro para el partido que no logre 2 por ciento de la votación nacional requerida, ya que la fuerza de mayor representación le dará el porcentaje restante, pero siempre que por lo menos alcance por sí mismo uno por ciento de sufragios.

Es la llamada “cláusula de la vida eterna”, que los partidos “podrán aplicar o prescindir”. Esa propuesta fue rechazada un día antes por los partidos pequeños, agrupados en el G-5, pero hoy, durante la reunión de las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado, será de nueva cuenta motivo de discusión.

De hecho, es el único tema pendiente, y el PRD, por medio del senador Ricardo Monreal, lo llevará a la mesa de debate, ya que, según informó, insistirá en la contrapropuesta que un día antes formuló el coordinador de su bancada, Carlos Navarrete, la cual consiste en establecer un régimen transitorio, en el que los partidos pequeños opten por las nuevas disposiciones o por alianzas en las que puedan negociar el porcentaje de votos que se les asignarán del total obtenido por la coalición.

O sea, que puedan seguir como ahora, en que su existencia no peligra si no logran el 2 por ciento establecido para mantener el registro.

Monreal sostuvo que defenderá esta posibilidad, aunque el PAN no está de acuerdo en dar más allá de la “cláusula de vida eterna” a los partidos pequeños, y todo dependerá de la postura del PRI.

Nota de Andrea Becerril, La Jornada, 1º de diciembre.


0 Responses to "Sanciones a concesionarios de medios, no a comunicadores: legisladores"