Niega IEEM contradicción

TOLUCA.- Jesús Castillo Sandoval, Consejero Presidente del Instituto Electoral del Estado de México, descartó que exista una contradicción entre los artículos 280 y 338 de Código Electoral de la entidad.

Dicho artículo 280 asegura que el Consejo General del IEEM tiene a más tardar hasta el 16 de agosto del año electoral para realizar el cómputo final de la elección de gobernador, mientras que el 338 indica que los juicios de inconformidad serán resueltos por el Tribunal Electoral Estatal hasta el 14 de agosto.

Esto significa que, si el día 15 o 16 existiera una inconformidad en el cómputo final de votos, sería demasiado tarde para que el Tribunal Electoral Estatal pudiera resolverla.

No obstante, Castilló aseguró que esta supuesta contradicción no existe ya que, según él, si bien hay fechas marcadas como límite para ciertas acciones, los organismos electorales no llegan a ellas y trabajan desde antes coordinados para evitar precisamente problemas de coordinación y ante los partidos políticos.

"Aparentemente es una evidente contradicción, pero no lo es porque operamos con calendarios perfectamente establecidos.

"Podemos decir que nunca llegaríamos hasta el 16 de agosto para sesionar el cómputo final. No lo hacemos así", comentó.

El Consejero reconoció que los tiempos se pueden retrasar o adelantar dependiendo de los consejos distritales.

"El Tribunal Electoral se mantiene trabajando y sacando los primeros juicios de inconformidad, mientras que en los distritos grandes quizá haya un retraso de un día. Todos ajustamos nuestros tiempos para tener siempre espacio para resolver", aseguró.

"Es imposible que así sea, pues dejaríamos en estado de indefensión a los partidos políticos (...) todos debemos de trabajar de forma coordinada en nuestro ámbito de atribuciones", insistió.

El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de México, Jorge Muciño, indicó que las impugnaciones se resolverían antes de la toma de posesión y negó un empalme en tiempos.




Los plazos

El calendario posterior al 3 de julio establece:

· 12 DE JULIO: Fecha límite para presentar juicios de inconformidad por el cómputo distrital
· 30 DE JULIO: Sesión de Cómputo Estatal, aunque la ley marca que se puede realizar hasta el 16 de agosto y la entrega la constancia de mayoría
· 4 DE AGOSTO: Plazo para presentar un juicio de inconformidad
· 8 DE AGOSTO: Plazo para que interesados o partidos políticos interesados contesten ese juicio
· 14 DE AGOSTO: Límite para que el Tribunal resuelva los juicios
· 14 DE SEPTIEMBRE: Fecha límite para resolver ante el Tribunal Federal

Arturo Espinosa, Reforma, 25 de junio.

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