La Corte desecha diez amparos de Tv Azteca

La Suprema Corte de Justicia dio por terminado el juicio que comenzó Tv Azteca contra el IFE sobre las pautas de transmisión de los promocionales de los partidos durante comicios.

Por unanimidad, la segunda sala de la Corte desechó diez amparos de la televisora del Ajusco, que impugnó la prohibición de transmitir spots en los distintos procesos electorales a realizarse en el país.

En abril del presente año la Corte atrajo los diez amparos promovidos por Azteca contra los ordenamientos del IFE.

La televisora se inconformó por la emisión de diversos oficios del director ejecutivo de Prorrogativas y Partidos y el secretario técnico del Comité de Radio y Televisión del IFE respecto a la forma en que deben transmitirse sus mensajes de 30 segundos durante un periodo específico.

El tema a debatir era el acto reclamado respecto a los oficios mediante los cuales se remitieron las instrucciones de los presidentes de los Institutos de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana de diversos estados, sobre la administración en que deben transmitirse sus mensajes de 30 segundos en radio y televisión.

“…los actos reclamados contienen aspectos relacionados con el acceso de los partidos a la radio y a la televisión, así como la administración de los tiempos oficiales a los que tienen derecho y a las obligaciones que asumirán los concesionarios y permisionarios de los medios; por lo que habrá que definirse, entre otros aspectos, si conforme a su naturaleza intrínseca deben ser considerados como actos estrictamente electorales o pueden combatirse a través de otras vías”, señaló en su momento la Corte.

No obstante, la segunda sala los desechó con el argumento de que el artículo 73 de la Ley de Amparo indica que este juicio no procede contra resoluciones o declaraciones de los organismos en materia electoral, lo que según Azteca es inconstitucional.

El caso aún puede ser reclamado ante el Tribunal Electoral.

México • Rubén Mosso, Milenio, 30 de junio.

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