El funcionario explicó que no se ordenó ninguna sanción debido a que el mandatario federal sólo puede ser acusado por delitos graves del fuero penal o de traición a la patria y no por delitos electorales.
Agregó que la decisión de no aplicar la sanción se debe también a que hasta el momento no existe la reglamentación que especifique las penas que deban aplicarse en este caso.
“Hoy, en ausencia de esa ley reglamentaria, lo que tenemos que hacer es apoyarnos en los criterios de la autoridad jurisdiccional para ir resolviendo los casos que se presenten”, mencionó el titular del IFE.
Al término de su participación en la séptima Semana de la Transparencia, que organiza el IFAI, Valdés agregó que la resolución tomada por elTribunal no va contra la libertad de expresión, debido a que aunque se garantiza ese derecho, también se contemplan limitaciones para los funcionarios durante los procesos electorales.
“(Las) resoluciones del Tribunal Electoral son inapelables e inatacables, y el IFE siempre las acata, porque es el único órgano del sistema electoral mexicano que tiene la capacidad de hacer no sólo el análisis legal sino constitucional, y sus decisiones son definitivas”, precisó.
Durante el foro, Valdés consideró que hacen falta algunas modificaciones en la legislación para que la información a la que puede tener acceso el Instituto también pueda ser accesible para la ciudadanía.
“Tenemos una enorme cantidad de información que el IFE utiliza para la fiscalización; sin embargo, no hemos logrado cerrar el círculo para que esa información también la compartan los partidos políticos con la ciudadanía”, dijo el funcionario electoral.
México • Miriam Castillo, Milenio, 27 de agosto.
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