Constitucional, la ley de derechos humanos

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró aprobado el decreto que modifica la Constitución en materia de derechos humanos.

Luego de que 21 Congresos estatales votaron a favor el proyecto por el que se modifica la denominación del Capítulo Uno de la Constitución (que actualmente se denomina “De las Garantías Individuales”), el decreto fue remitido para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a partir de la cual se llamará “De los Derechos Humanos y sus Garantías”, el que contiene reformas a once artículos.

La Comisión Permanente también recibió el voto en contra del proyecto por parte del Congreso del estado de Guanajuato.

Entre las reformas constitucionales destaca el reconocimiento de los derechos humanos como universales, progresivos, indivisibles; señala que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte.

Establece, en el artículo 29, que en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de México podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y de las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación, pero aclara que no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad, los derechos de la niñez, los derechos políticos, las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; y señala la prohibición de la pena de muerte, la prohibición de la esclavitud y de la servidumbre.

Durante los posicionamientos de los partidos políticos, el diputado priista Alfonso Navarrete Prida destacó que con la reforma cualquier interpretación que se le deba dar a la Constitución y a la ley debe estar regida por el principio pro-persona.

Se regula con claridad los casos de extranjeros que busquen y soliciten asilo político o refugio, tratándose de causas de tipo humanitario; se elimina la facultad que tenía la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar violaciones graves a garantías individuales.

Además, dijo Navarrete Prida, se le abre competencia a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para conocer de asuntos laborales; se posibilita que la Cámara de Senadores cite a funcionarios que rechazan recomendaciones de la CNDH a comparecer y a explicar las razones de su negativa.

y se le faculta a la CNDH para investigar violaciones graves a derechos humanos.

Para el senador perredista Pablo Gómez, la reforma es un hecho histórico que tendrá una gran trascendencia, ya que en México la violación de derechos humanos sigue siendo muy fuerte “y muy cotidiana”.

En tanto, el senador petista Ricardo Monreal consideró que la reforma es la más profunda de los últimos 20 años y consideró que era necesaria sobre todo en este momento de profunda crisis de inseguridad y de un aumento “sin parangón” de la violencia en el país.

Blanca Estela Botello, La Crónica, 2 de junio.

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