Son observadores limitados

TOLUCA.- El ejercicio de observación electoral en el Estado de México se ha quedado en mero testimonio, debido a la falta de instrumentos jurídicos para atender los señalamientos hechos por quienes se dedican a éste, y convertirlos en sanciones reales.

Los ciudadanos que se registran para realizar esta tarea enfrentarán las limitaciones que les impone el Código Electoral.

El artículo 13 de dicho Código establece que los informes, juicios u opiniones de los observadores, por sí mismos, no tendrán efectos legales sobre la elección, sin embargo, si derivado de esos reportes se desprenden hechos presumiblemente delictivos, el Consejo General del IEEM deberá presentar la denuncia de hechos ante la autoridad ministerial.

El secretario ejecutivo del Instituto Electoral, Javier López, aseguró que la observación electoral sigue siendo una tarea que fortalece la democracia, pero admitió que en los comicios de 2009 no hubo algún informe de estos ciudadanos que derivará en la investigación de algún ilícito.

"Eran informes que no tenían ningún efecto legal, únicamente nos expresaban en algunos casos particulares lo que habían observado, bueno o malo, en el desarrollo de la votación en alguna casilla.

"Nos hacían sugerencias como colocar rampas para personas discapacitadas, fueron más bien informes de ese tipo, ninguno se refería a ninguna denuncia en particular", expresó el funcionario electoral.

De anteriores elecciones, la Secretaría Ejecutiva tampoco informó de algún reporte de observadores que derivará en alguna denuncia penal.

López aclaró que los informes de observadores no necesariamente deben derivar en denuncias, pues generalmente quienes presentan escritos de inconformidad son los representantes de los partidos políticos, quienes tienen mayor formación jurídica y electoral.

"Los observadores en muchos de los casos no tienen claros los tiempos y todas las normas que se observan durante la recepción de la votación", consideró, al tiempo en que reconoció que se trata de una actividad importante en el desarrollo de los comicios.

Por separado, el ex consejero electoral y coordinador de la agrupación Dictamen Ciudadano, Bernardo Barranco, advirtió que la observación electoral, tal como la concibe la Ley, es obsoleta y limitada.

"Como está en el Código es una observación obsoleta porque es el día de la elección, cuando muchas cosas ya están armadas, (nosotros) concebimos la observación electoral desde una perspectiva más protagónica del ciudadano", señaló.

Bernardo Barranco indicó que la observación electoral planteada por las organizaciones que integran Dictamen Ciudadano no está centrada únicamente en la jornada electoral del 3 de julio, sino en el seguimiento al gasto de campañas, análisis de las resoluciones de los órganos electorales y organización de foros con los ciudadanos.

De acuerdo con el artículo 12 del Código Electoral los observadores pueden monitorear todos los actos durante el día de la elección, pero no se establece alguna otra modalidad de observación electoral.

Los visores tampoco pueden recibir recursos del IEEM, ni contar con apoyos de entidades públicas o privadas.


enrique.gomez@reforma.com


En bola

Éstas son las agrupaciones que están acreditadas para realizar observación electoral en el Edomex:

· Cultura Liberal
· Grandeza Mexicana Nueva Generación
· Fundación Transparencia para Renovar México
· Comisión de Derechos Humanos de Chiapas
· Movimiento Pro-Vecino
· Hermanos Construyendo un Futuro Exitoso
· Coordinación Nacional de Líderes y Observadores



Enrique I. Gómez, Reforma, 16 de junio.

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