Apoya ministro libre crítica entre medios

La Suprema Corte de Justicia discutirá un proyecto de sentencia que por primera vez aclara los parámetros legales para la crítica hacia los medios de comunicación y los líderes de opinión, y establece que estos tienen un ámbito reducido de protección de su derecho al honor. La Primera Sala de la Corte discutirá el 23 de noviembre un proyecto de sentencia definitiva en el litigio de siete años del diario La Jornada contra la revista Vuelta, derivado de un artículo publicado en 2002 en el que se cuestionó al rotativo por su alianza con Gara, publicación supuestamente vinculada con la organización terrorista vasca ETA. El ministro Arturo Zaldívar propuso a sus colegas negar el amparo a La Jornada y absolver del reclamo por daño moral a Vuelta y al entonces subdirector de esa revista y autor del artículo encabezado Cómplices del Terror, Fernando García Ramírez. "Si la prensa goza de la mayor libertad y del más amplio grado de protección para criticar a personajes con proyección pública, es no solo lógico sino necesario concluir que la crítica a su labor también debe gozar de la mayor libertad y el más amplio grado de protección", dice el proyecto. "De lo contrario se estaría dotando a una persona, en este caso un medio de comunicación impreso, de un gran y desequilibrado poder para criticar impunemente, opinando e informando sin ser sujeto del mismo escrutinio público que pregona, ejerce y cuya protección invoca", agrega. La Corte hasta ahora solo ha definido, en casos como el de Marta Sahagún contra Olga Wornat, que el derecho al honor está limitado en dos supuestos: el de servidores públicos y el de particulares con proyección pública, pero Zaldívar propone agregar a los medios y líderes de opinión como una tercera categoría de personas que no gozan de la misma protección que los ciudadanos comunes. El proyecto de sentencia analiza párrafo por párrafo la columna de García Ramírez para concluir que fue un opinión emitida en ejercicio de la libertad de expresión, no de la libertad de información. Aunque Zaldívar considera que el columnista utilizó expresiones "desabridas y de mal gusto" en su ataque a La Jornada por su convenio con el periódico nacionalista vasco Gara, también señala que en el caso se da una relación "simétrica" entre los contendientes, pues ambos son medios impresos. "Esta Primera Sala concluye que las expresiones utilizadas en la columna Cómplices del Terror se encuentran amparadas Constitucionalmente", remata el proyecto. El litigio entre La Jornada y Vuelta ha sido particularmente complicado, pues inició en agosto de 2004, y hasta ahora se han otorgado varios amparos a ambas partes, que han llevado al Tribunal Superior de Justicia del DF a dictar cinco sentencias distintas. La sentencia absolutoria más reciente en favor de Vuelta, dictada 7 de abril de 2010 por la Décima Sala Civil del TSJDF, es la que sería confirmada en definitiva si al menos tres ministros de la Primera Sala aprueban el proyecto de Zaldívar. Libertad a debate Propósitos planteados por los ministros de la Corte al atraer el caso de La Jornada contra Vuelta, editorial de Letras Libres: · Establecer los límites del ejercicio de la libertad de expresión y la libertad de imprenta cuando los involucrados son medios de comunicación. · Precisar el criterio para el correcto ejercicio de la libertad de expresión en oposición al derecho al honor y/o prestigio en el desarrollo de la labor periodística. · Fijar criterios para cuando esos derechos en colisión sean ejercidos por dos medios de comunicación con motivo. · Considerar las afectaciones por la labor que estos desarrollan y el derecho a la información de los terceros que consultan dichos medios. · Examinar lo que dispone sobre la materia, tanto la Convención Americana de Derechos Humanos, como la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Víctor Fuentes, Reforma, 16 de noviembre.

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