Se trata de un proyecto de elaboración colectiva, bajo la convocatoria de la comisión especial de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, que está presidida el panista Gerardo Priego.
La reforma que adiciona un título vigésimo séptimo “de los delitos cometidos contra la libertad de expresión” en el Código Penal Federal, en noviembre había sido formada por los coordinadores de las bancadas de la Cámara de Diputados, y sin embargo la Comisión de Justicia prolongó su dictamen, con la inclusión de la definición de actividad periodística, al tiempo que se preparó una reforma constitucional.
El dictamen de la federalización de los delitos contra la libertad de expresión expone que además de las penas que impone la comisión de un delito penal, se añadirán de uno a cinco años de prisión y de 100 a 500 días multa a quien impida, interfiera, limite o atente contra la actividad periodística, de acuerdo con el artículo propuesto.
En el artículo 431, se añade la definición de actividad periodística: es “el ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, imprimir, divulgar, publicar, o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de éstas”.
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