Avala Cofeco exenciones a prestadores de telefonía

La Comisión Federal de Competencia envió al Senado su opinión en la que valida y respalda los periodos de gracia comprendidos en el artículo 244-E de la Ley Federal de Derechos, por los cuales los interesados en prestar servicios de triple play en las frecuencias de 1700 mhz y 2100 mhz quedarán exentos de ese pago hasta por tres años.

En un oficio enviado ayer al presidente de la Junta de Coordinación Política, Gustavo Madero, el órgano regulador a cargo de Eduardo Pérez Motta, detalló que “esto no generaría alguna ventaja exclusiva para algún agente económico en particular”, por lo cual calificó la disposición como no discriminatoria.

Aclaró que la aplicación de los periodos de gracia se realizaría de manera general y dependería sólo de la fecha en que se otorgue la concesión correspondiente, esto, sin hacer ningún distingo del tipo de agente económico que la obtenga.

“Se considera que la minuta no tendría efectos negativos sobre el proceso de competencia y libre concurrencia”, señala el documento.

La Cofeco precisó que el oficio no prejuzga sobre aspectos de otra índoles, como cuestiones en materia física y recaudatoria, ya que no son competencia de la autoridad.

Actualmente, el Senado analiza la minuta, la cual fue aprobada en lo general y lo particular en la Cámara de Diputados la semana pasada.

La autoridad reconoció que la opinión se fundamenta en los artículos 2,23, 24, fracciones 7, 18 y 19, y 28 fracciones 1, 5 y 6 de la Ley Federal de Competencia Económica, además de los artículos 1 y 8, fracción 2, 20 y 22, fracciones 8 y 17 del reglamento interior de la Cofeco.
Angélica Mercado y Alberto Verdusco, Milenio, 29 de octubre.

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