Institutos electorales estatales carecen de competencia para suspender spots: SCJN

La Suprema Corte de Justicia determinó que los institutos electorales de los estados carecen de competencia para suspender mensajes de partidos políticos en radio y televisión durante campañas o precampañas aun cuando injurien o dañen la moral de otros actores.

Los ministros, en una votación de 9 a 1 —Sergio Aguirre se ausentó—, coincidieron en que esta sanción es exclusiva del Instituto Federal Electoral.

La resolución se derivó de nuevas facultades que el Congreso de Morelos había dado al Consejo del Instituto local para retirar de inmediato mensajes con “expresiones verbales o escritas contrarias a la moral y a las buenas costumbres, o que injurien a las autoridades, a los demás partidos políticos, o que tiendan a incitar a la violencia y al desorden”, las cuales fueron impugnadas por la Procuraduría General de la República.

“La sanción de infracciones cometidas en materia de radio y televisión es exclusiva del IFE, tanto a nivel federal como local y sólo este Instituto puede ordenar la cancelación inmediata de transmisiones de dichos medios”, propuso la ministra Olga Sánchez Cordero en su proyecto, el cual fue respaldado por la mayoría.

Esta tesis había sido sostenida ya por el Alto Tribunal en otros casos analizados en 2009.


Daniel Blancas Madrigal, La Crónica, 25 de noviembre.

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