El TEPJF tiene la posibilidad de dar otra interpretación a la ley y anular los comicios


Aun cuando son delitos electorales, que incluso se castigan con prisión, la compra y coacción de votos durante los comicios no son contemplados en la ley como causas de nulidad de una elección, aseguró Gustavo López Montiel, profesor de ciencia política en el Tecnológico de Monterrey, campus ciudad de México.
Sin embargo, advirtió, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiene la posibilidad de dar una interpretación distinta y efectivamente anular la elección presidencial. Para pronunciarse por esta vía, los magistrados deben contar con elementos suficientes.
El académico subrayó en entrevista que el sistema electoral mexicano aún presenta lagunas que generan desconfianza entre gran parte de la ciudadanía sobre los resultados de los comicios, en particular los presidenciales, por lo que delitos como la compra y coacción de votos, así como la labor de encuestadoras y medios de comunicación, deben ser contemplados en las modificaciones que se hagan en la ley en la materia.
Indicó que las normas en la materia contemplan tres causas por las cuales se puede invalidar una elección: que se hayan presentado irregularidades en 25 por ciento de las casillas, que el candidato sea inelegible o que no se haya instalado la cuarta parte del total de las casillas.
La impugnación hecha por el Movimiento Progresista, encabezada por su candidato Andrés Manuel López Obrador, tiene entre sus bases la primera causa. Hay una rendija a través de la cual se puede hacer algo, pero habrá que esperar la interpretación del TEPJF. Para que ésta proceda se deben demostrar todas esas inconsistencias, aunque la ley sólo contempla las que se presentan en las casillas.
El trámite del Movimiento Progresista, dijo, también incluye la compra y coacción de sufragios y la probable inequidad que pudieron generar las encuestadoras y los medios de comunicación.
Hay una limitación: conociendo las decisiones del tribunal, como en 2006, los magistrados pueden argumentar que es poco tangible o que la ley no tipifica la compra y coacción de sufragios para invalidar la elección.
Se trata de dos vías distintas: por un lado el proceso del TEPJF para calificar la elección, que tiene como fecha límite el 6 de septiembre, y la investigación penal de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), la cual puede tomar más tiempo. “Puede ser que al final esa dependencia demuestre que sí se dieron los delitos, pero sus resultados ya no tendrían ningún sentido porque el tribunal ya habrá emitido su fallo.
La Fepade tiene que buscar a las personas que compraron votos, comprobar que lo hicieron y que fue en favor de un candidato. Es muy difícil, porque las evidencias que existen son tarjetas (de prepago para despensas) y testimonios. Sin embargo, esto corresponde a un juicio que no está vinculado al tema de la invalidación de los comicios.
Por su parte, Guillermo Rosales, de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), aseveró que el sistema de gobierno en México se basa en postulados neoliberales, lo que ha hecho que la democracia instaurada sea de carácter competitiva, es decir, que se privilegie la disputa y no la solidaridad entre sus miembros.
Dentro de esta lógica, limitar el espacio de participación no se considera una cuestión violenta, por el contrario, se banaliza. En un contexto de competencia, lo anterior significa que fui mejor y que el otro no tuvo la capacidad para superarme.
Emir Olivares Alonso, La Jornada, 16 de julio.

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