Juez niega amparo por tv a Telmex


El segundo tribunal auxiliar concedió una primera victoria a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) al negar el amparo que promovió Teléfonos de México (Telmex) después de conocer la negativa de la secretaría a su petición de modificar su título de concesión y con ello poder ofrecer video.
Ayer, el colegiado auxiliar negó un amparo promovido por Telmex, tras conocer la negativa de la SCT, lo cual constituye un asunto aparte del que se dio a conocer el miércoles.
El miércoles de esta semana, el séptimo tribunal colegiado en materia administrativa del DF decidió enviar a la SCJN el recurso de inconformidad que promovió la empresa de telefonía.
“Había otro amparo en revisión que tiene qué ver con el oficio donde el SCT le responde de manera negativa su solicitud a Telmex de cambio de concesión, donde le dice que le falta cumplir con ciertos requisitos para que esto pueda suceder
Respecto de ese amparo la juez de distrito que lo había visto en primera instancia le concedía el amparo a Telmex, incluso le daba la razón a Telmex, comentó una fuente allegada al proceso.
“En la segunda instancia que fue la que se resolvió hoy en el segundo auxiliar, ahí lo que sucedió es que el tribunal modifica la sentencia del juez de primera instancia, sobreseé parte del amparo y le niega el amparo a Telmex, entonces aquí le da la razón a la SCT”, dijo la fuente.
Los especialistas consideran que la SCJN podría abordar el asunto en el último tercio del año en curso, dado que en los días subsecuentes los ministros tomarán su periodo de vacaciones.
Cuando se les niega quiere decir en palabras sencillas, que el oficio que emitió el SCT es constitucional y apegado a derecho, que es válido, explicó.
Cumplir acuerdo
El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) consideró que Teléfonos de México debe de cumplir con las condiciones que se establecieron en el Acuerdo de Convergencia 2006 para que las autoridades consideren modificar su título de concesión y pueda ofrecer servicios de televisión de paga.
El IDET consideró que aun suponiendo que hubiese procedido la afirmativa ficta que Telmex alega haber obtenido de la Cofetel, constituye una opinión no vinculatoria que no puede exceder la facultad de ley exclusiva del titular de la SCT para modificar títulos de concesión.
Ramiro Alonso, El Universal, 6 de julio.

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