Se declara listo el TEDF para resolver las impugnaciones

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) informó ayer que al iniciar el periodo de impugnaciones, por los resultados de la pasada jornada electoral, en la que se eligió a los 16 jefes delegacionales y 40 diputados locales, hasta ahora no ha recibido algún recurso por parte de los siete partidos políticos registrados o de los candidatos.

El magistrado Alejandro Delinto precisó que este plazo de impugnación, “prácticamente arrancó”, por lo que reconoció que “este tipo de procedimiento, seguramente, comenzarán a recibirlos los Distrito Electorales, quienes posteriormente los canalizarán a este tribunal. No podemos adelantarnos a las decisiones de los partidos o candidatos. Pero estamos listos para resolver todo juicio de impugnación que se interponga”, comentó el organismo.

Recordó que, con base en el Código de Procedimientos e Instituciones Electorales del DF (Coipedf), “en las elecciones democráticas alguien gana y otro pierde. Lo importante es que se respete la decisión de la mayoría, que durante todo el proceso se cumplan las reglas, que se garantice un voto libre y secreto de la ciudadanía y que las irregularidades que existan, se denuncien y se prueben”, enfatizó el IEDF.

Aunque para ello, destacó, toda impugnación debe respetar determinados requisitos para que procedan, “pero lo principal es que tenga interés jurídico”, pues tendrá que hacerse ante la autoridad responsable del acto que se reclama.

Por ejemplo, si el demandante está en contra de una decisión del IEDF o de un partido político, aunque para ello debe tomarse en cuenta en el escrito de demanda deberá incluirse nombre completo y firma o huella digital de quien demanda, así como domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de las personas que autorices para ello.

Además, se debe incluir el nombre y domicilio del demandado, la descripción del acto por el que se inconforma y la autoridad que lo realizó, expresando las normas que se consideren violadas, y presentar pruebas, en caso de poseerlas.

“Es fundamental que el demandante cumpla con todos esos requisitos, para que los magistrados electorales cuenten con todos los elementos para resolver tu inconformidad. De lo contrario, podrían declararlo infundado y la demanda sería improcedente”, especificó el TEDF.


Héctor Cruz López, La Crónica, 10 de julio.

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