El Cofipe suaviza sanciones para medios electrónicos y las endurece para partidos

El nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) establece un régimen severo para los partidos políticos, al endurecer las sanciones, que incluyen la supresión de la propaganda en radio y televisión y la disminución de sus prerrogativas, además de obligarlos a transparentar su información y someterlos a una fiscalización puntual de los recursos públicos y privados que reciban, ya que para ese fin se suprime el secreto bancario, fiduciario y fiscal.

La discusión en torno a las reformas al Cofipe la acaparó la inconformidad de los concesionarios de medios electrónicos por la disposición que les impide vender espacios en sus emisiones para propaganda electoral, y el enojo de los partidos pequeños ante las nuevas reglas en materia de coaliciones, que los obligan a demostrar su fuerza real en los comicios.

Por ello poco se ha discutido en torno a la adecuación del marco legal para los partidos, que fue modificado de fondo, y obliga a que toda fuerza política responda por infracciones antes no contempladas, como son emprender guerras sucias en contra de candidatos e instituciones.

Es motivo de sanción para los partidos no cumplir con las nuevas disposiciones en materia de transparencia, que los obligan a poner al alcance de los ciudadanos la información que tenga que ver con sus informes anuales o parciales de ingresos y gastos, tanto de campaña como de precampaña, su situación patrimonial, con el inventario de los bienes inmuebles de que sean propietarios, así como la relación de organizaciones y particulares que les hubieran entregado, donaciones y los montos aportados por cada uno.

Los ciudadanos podrán incluso solicitar a través del Instituto Federal Electoral (IFE) informaciones específicas de los partidos en materia pública –excepto datos confidenciales relativos a las estrategias políticas y de campaña–, como datos personales de los afiliados, dirigentes y candidatos, así como la relativa a juicios en curso.

Igualmente el Cofipe considera como infracciones a sancionar en el caso de los partidos la realización anticipada de actos de precampaña o de campaña, la ejecución de éstos en territorio extranjero, el incumplimiento en torno al manejo y comprobación de sus recursos o la falta de información sobre el origen, monto y destino de los mismos.

Penalidad severa
Mientras en el caso de las televisoras y radiodifusoras los legisladores suavizaron las sanciones, en el caso de los partidos políticos se mantuvo una penalidad severa, que va desde la amonestación pública, la multa de 10 mil días de salario mínimo en caso de violar los topes de los gastos de campaña o los límites aplicables en materia de donativos o aportaciones de simpatizantes. En caso de reincidencia la sanción se eleva al doble.

Pero no sólo ello; el Cofipe establece la posibilidad de reducir hasta en 50 por ciento el financiamiento público que le corresponda al partido por un periodo de tiempo que deberá establecer el IFE. Otra sanción es interrumpir la transmisión de la propaganda política electoral en radio y televisión e incluso, “en casos de graves y reiteradas conductas violatorias” a la Constitución y a ese código, sobre todo en lo que se refiere al origen de los recursos que reciba, se procedería a la cancelación del registro.

En la explicación de motivos del dictamen del Cofipe, que se aprobó en el Senado el miércoles pasado, se precisa que la suspensión de la propaganda partidista “es una medida cautelar sujeta a la decisión del Consejo General del IFE y en su caso de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Los legisladores llevaron al Cofipe las reglas aplicables al procedimiento especial sancionador que este tribunal se vio obligado a crear el año pasado, “ante la notoria deficiencia del código vigente y vista la incapacidad del Consejo General del IFE por los hechos ocurridos en materia de propaganda negativa durante la campaña presidencial de 2006”.

Es decir, los partidos políticos que denigren a candidatos de otras fuerzas políticas o lleven a cabo la llamada “guerra sucia” en contra de instituciones, serán sancionados con el retiro de su propaganda electoral en radio y televisión.

Nota de Andrea Becerril, La jornada, 9 de diciembre.


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