Solicita amparo el CCE contra la reforma electoral

Los organismos cúpula del sector privado presentaron una demanda de amparo contra la reforma electoral, por considerarla violatoria de los artículos 1, 6, 8, 9, 14 y 16 de la Constitución, y porque “inhibe la participación social en los procesos electorales y limita el derecho a la información”.

En conferencia de prensa, a la que asistieron los presidentes de las 12 entidades que integran el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y un equipo de seis abogados especialistas de otros tantos despachos jurídicos, el dirigente del organismo, Armando Paredes Arroyo, defendió el derecho de las agrupaciones empresariales para divulgar mensajes de apoyo en favor o contra algún candidato, como hicieran durante la campaña presidencial de 2006, pero rechazó que ese sea el trasfondo del amparo o que las televisoras estén detrás.

Dijo que la demanda de amparo fue únicamente como CCE, y el resto de los integrantes está en libertad para que, en lo individual, inicien un proceso similar.

El recurso del organismo fue presentado ayer ante el décimocuarto tribunal de distrito en materia administrativa del Distrito Federal, y en él se pide la derogación de las modificaciones al tercer párrafo del artículo 97 constitucional, con las que se elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para practicar de oficio la averiguación de hechos que violen el voto público, la cual se deja a los partidos políticos, afirmó.

Se supo que será la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) la primera que presente este jueves su propia demanda de amparo, en los mismos términos de la solicitud del CCE.

Punto de vista
Paredes Arroyo argumentó que la reforma electoral aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 13 de noviembre, “es violatoria de las garantías individuales de libertad de expresión y derecho a la información y asociación, así como al de tomar parte en la vida política del país”.

De la libertad de expresión, dijo que es fundamental para construir la opinión pública, y por ello, componente necesario para una democracia participativa, por lo que “no puede ser ejercida de manera intermitente y con limitaciones”.

Añadió que el acceso a la información de los partidos o sus candidatos, así como la divulgación de distintas opiniones que sobre ellos tengan los ciudadanos o las organizaciones de la sociedad, “es un elemento fundamental para la emisión del voto”, pero con la reforma aprobada se “prohíbe a cualquier ciudadano u organización hacer un llamado a la ciudadanía para que ejerza su derecho al voto de manera libre, responsable e informada, e inclusive expresar sus ideas o valoraciones respecto a los partidos o sus candidatos”.

Asimismo –puntualizó–, la difusión pública del ejercicio del derecho de petición en materia política, realizado por cualquier persona física o moral que no sean los partidos, queda prohibida terminantemente en la reforma, lo que viola lo establecido en el artículo 6 constitucional.

Consideró además que la libertad de asociación que se garantiza en el artículo 9 de la Carta Magna, mediante el cual se da a los ciudadanos el derecho a tomar parte en los asuntos políticos del país, “no puede estar condicionada a la pertenencia a algún partido, como pretende la reforma.

“Lo que nosotros queremos es que se pueda escuchar nuestra voz ante este apabullante bombardeo de mensajes políticos, (y para eso) es necesario el uso de medios electrónicos.”

Asesoría aplanadora
En la preparación de la demanda de amparo, el CCE convocó a los abogados Adolfo Arrioja Vizcaíno, representante del organismo; Gonzalo Aguilar Zinser, Santiago Corcuera, Antonio Frank, Jorge de Regil y Francisco Breña.

Arrioja Vizcaíno estimó que la demanda de amparo se resolverá en no más de 18 meses, y explicó que cualquiera que sea la resolución del juzgado, seguramente será atraído por la Corte.

Nota de Víctor Cardoso, La Jornada, 6 de diciembre.


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