Esta Confederación Patronal —en el estado de Hidalgo— había impugnado por esta vía artículos que prohíben a organizaciones sindicales, laborales o patronales intervenir en la integración de partidos políticos, destinar recursos para su creación o registro, así como realizar actos de afiliación colectiva.
Por sietes votos a tres, los ministros consideraron que el amparo no procede contra leyes electorales.
“Sí es materia electoral porque aun cuando las asociaciones no sean sujetos para votar y ser votados, lo cierto es que están participando en actos para la formación de partidos políticos y esta actitud que es la que sanciona el Código Electoral”, apuntó la ministra Margarita Luna Ramos.
—¿Pueden impugnar por medio de una acción de inconstitucionalidad? —se le cuestionó.
—No, porque las acciones sólo pueden ser promovidas por autoridades.
Se trata del primero de siete amparos que, adelantó Luna Ramos, se resolverán en el mismo sentido.
El pleno confirmó además el desechamiento de otros tres amparos por insuficiencia de agravios. En éstos estaban involucrados la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de los Estados Unidos Mexicanos, y la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Culiacán.
“El tema más importante que queda pendiente es el relacionado con si es posible impugnar la reforma electoral respecto de contenidos de la ley, no solamente del procedimiento legislativo”, dijo Luna Ramos.
Antes de la discusión plenaria, la Corte organizó una sesión solemne por el natalicio de José María Morelos y Pavón.
Ahí, el ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia señaló que hoy es tiempo de que en México se renueven votos de libertad, de igualdad y de justicia “para que la violencia y los enfrentamientos cedan su lugar para la solución pacífica de toda controversia”.
Por la tarde, el príncipe Felipe de Borbón y su esposa Letizia Ortiz visitaron la sede de la SCJN.
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